Un tribunal militar justifica la desobediencia civil a las leyes castrenses
El Tribunal Militar Territorial de Aragón y Cataluña sobre el encadenamiento de tres insumisos en un edificio castrense de Zaragoza ha decidido en una sentencia inhibirse en favor de la jurisdicción ordinaria, tras justificar la desobediencia civil frente a las leyes penales militares. El auto entiende únicamente que cabe examinar por la justicia civil si ha ha bído desórdenes públicos, pero en ningún caso la comisión, como pretendía el instructor, de un delito de naturaleza militar.
Los hechos arrancan en abril de 1994 cuando tres insumisos y su defensora, se acercaron hasta el Centro Territorial de Mando de Aragón, con sede en Zaragoza, encadenándose los tres primeros a la verja. El juez procesó a las cuatro personas alegando allanamiento de acuartelamiento y desobediencia al centinela.
El tribunal entiende que la desobediencia civil, que en definitiva es lo que se está enjuiciando, debe ser una realidad fáctica más o menos tolerada por el sistema político en ciertos supuestos específicos" y que ésta "podría, en algunos casos, ser ignorada por el Estado -mediante la decisión de no ejercitar la acción penal- siempre y cuando no queden afectados los derechos de terceros, no vaya acompañada de manifestaciones atávicas o, como el caso que nos ocupa, no se vea hipotecado el bien jurídico correspondiente".
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