Penas de hasta dos años en el primner gran juicio a radicales de los 'grupos Y'
El Juzgado de lo Penal número 4 de San Sebastián ha dictado sentencia en el primer juicio masivo a jóvenes radicales que se integran en los grupos o comandos Y. Los 17 jóvenes que participaron en los incidentes de la Salve de San Sebastián en 1993 han sido condenados a penas de cárcel de entre dos meses y dos años. Entre todos suman doce años y medio de prisión por los delitos de desórdenes públicos. Otros dos jóvenes fueron absueltos por falta de pruebas.Ésta es la primera sentencia en la que un grupo tan numeroso de jóvenes es condenado por participar en incidentes callejeros y perturbar la paz ciudadana. Los destrozos que provocan en el País Vasco grupos de jóvenes radicales ascienden, según datos del Gobierno vasco, a unos mil millones de pesetas al año.
La mayor de las penas impuestas por el titular del juzgado de lo penal número cuatro de San Sebastián, José Antonio Choclan, ha sido para Aitor Viana Tornero, ex toxicómano, al que el juez ha condenado a dos años, cuatro meses y un día. Otros nueve alborotadores, al no tener antecedentes, han sido condenados a un año de cárcel cada uno. Y el juez ha impuesto a los siete procesados que eran menores de edad cuando se produjeron los hechos penas de dos meses de prisión.
La detención de los jóvenes fue realizada por agentes de la Ertzaintza en el momento en el que éstos se disponían a lanzar piedras contra los miembros de la Brigada Móvil de la Policía Autonómica Vasca.
El juez considera probado
que los 17 condenados se dirigieron el 14 de agosto de 1993 a la zona del bulevar en San Sebastián para, "valiéndose del grupo, intervenir violenta y activamente en incidentes destinados a boicotear el inicio de las fiestas de Semana Grande". El único fin de los condenados, según la sentencia, era "atentar [contra] la paz pública" y, para ello, arrojaron piedras, tornillos y otros objetos a los agentes de la policía autónoma. Además, los 17 procesados obstaculizaron la vía pública. Con estos actos, según el juez, lo que pretendían era "alterar el orden público para que los ciudadanos donostiarras no pudieran disfrutar libre y pacíficamente del programa elaborado por el ayuntamiento para las flestas".
El magistrado basa las condenas en la prueba testifi cal de los agentes de la Ertzaintza que se encontraban desplegados en la zona del bulevar donostiarra para evitar posibles desórdenes. En opinión del juez, no se puede dudar del testimonio de los ertzainas ya que "cada uno de los agentes que declaró fue firme y persistente en su testimonio, en el sentido de haber observado a los respectivos acusados que detuvieron como parte de un grupo más amplio". En la sentencia se afirma que todos ellos actuaban conjuntamente para destruir propiedades.
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