El Banco de España dejará de financiar el Fondo de Garantía a partir de 1997
El Banco de España dejará de financiar el Fondo de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios (FGD) a partir de 1997, año en el que acaba la amortización de los 190.000 millones dé pesetas que ha costado el reflotamiento de Banesto al sector público. Así se establece en la reforma de la ley del FGD que prepara Economía, y en la que se aumenta la cantidad garantízada a los depositantes de 1,8 a 2,5 millones e impone a todas las entidades financieras la obligatoriedad de pertenecer a un fondo de garantía.
La modificación legal viene obligada porque la cantidad asegurada ahora en España, 1,8 millones de pesetas, es inferior a la que establece la Unión Europea, 15.000 ecus (equivalentes a 2,5 millones de pesetas). El decreto fija un plazo -tres o cuatro años- para alcanzar la cifra comunitaria. Pero el decreto va a establecer, junto a la cantidad garantizada, otro límite para los depositantes: éstos nunca recuperarán la totalidad de sus ahorros. El texto establece que los depositantes no tendrán derecho a recibir más del 80% de sus depósitos y en todo caso la cifra no podrá superar los 15.000 ecus. A partir de qué se apruebe la nueva normativa será obligatorio que toda entidad financiera pertenezca a un fondo de garantía. Las sucursales de entidades extranjeras en España podrán optar por pertenecer al fondo español o al de su país de origen, siempre que en éste la cantidad garantizada sea al menos igual a la de España. Si esto no ocurre deberá estar en los dos fondos complementariamente hasta alcanzar el mínimo español. La legislación actual no obliga a estar adscrito a un fondo aunque quien no forme parte del fondo español "no tendrá derecho a acceder a la financiación del Banco de España", lo que representa una afiliación obligatoria "por la vía de los hechos", reconocen fuentes oficiales.
La nueva legislación señala que la comisión gestora del Fondo estará formada por ochos personas, cuatro relacionadas con el Banco de España y cuatro con el sector financiero. Estas últimas serán designadas por las entidades y no, como hasta ahora, nombradas a título personal por el ministro de Economía. El presidente será uno de los procedentes del Banco de España.Existe un problema al que la nueva normativa no hace frente y es el exceso de estructura de funcionamiento que tiene el Fondo de Garantía de los bancos en relación al trabajo que desarrollará. La estructura está pensada para momentos en los que el Fondo intervenía directamente en los bancos en crisis. Pero esa época ha terminado, porque en las últimas crisis el Fondo no lo ha hecho. En medios bancarios se señala que habría que pensar en una adecuación -reducción de medios y personas- a la nueva situación de convertir al Fondo de Garantía de Depósitos en una mera agencia aseguradora.
Meses antes de la intervención de Banesto, Economía preparaba un texto de adecuación de los fondos de garantía a la legislación comunitaria en el que se recogía ya la salida del Banco de España como financiador de los fondos. Pero la intervención, y el saneamiento de Banesto, obligó a dejar aparcado el proyecto y a que el Banco de España volviera a financiar, a partes iguales, al Fondo de Garantía de Depósitos de los bancos.En 1996, la banca destinará al Fondo el dos por 1.000 de sus depósitos y el Banco de España una cantidad igual. En 1997, el porcentaje se reducirá a la mitad: el uno por 1.000.
A partir de esa fecha, los bancos destinarán anualmente ese mismo porcentaje para ir creando un colchón ante hipotéticas quiebras futuras. El Banco de España no hará ninguna aportación a partir de entonces. El objetivo a medio plazo es que la banca pueda reducir sus cuotas si se alcanza una cifra importante de recursos no utilizados.
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