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El cumplimiento íntegro de las penas enfrentará al PP con el Gobierno en el debate del Código Penal

El PP mantiene que, en determinados delitos graves y en los relacionados con el terrorismo, los tribunales puedan acordar que los beneficios penitenciarios que acorten las condenas "se refieran a la totalidad de las penas impuestas". La propuesta, motivada por el deseo de máximo acercamiento entre las penas impuestas y las cumplidas, chocará en la Comisión de Justicia e Interior del Congreso -en donde esta semana comienza a debatirse el futuro Código Penal-, con el criterio del Gobierno, avalado por el PSOE, CIU y PNV, de que el juez de vigilancia penitenciaria pueda modificar tal medida.

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Terminado el 26 de abril último el estudio de las 1.200 enmiendas presentadas al proyecto de Código Penal, el informe elaborado por la ponencia del Congreso de los Diputados -sobre el que esta semana se inicia el debate en comisión-, no modifica el artículo 79 del texto remitido por el Gobierno, sobre el que existen variadas posiciones de los grupos parlamentarios.El proyecto gubernamental endurece la situación actual, en la que los beneficios penitenciarios -entre otros, el de redención de penas por el trabajo, que el nuevo Código Penal suprimirá- se aplican siempre sobre el máximo de 30 años de cárcel, lo que en la práctica significa que los condenados con penas más elevadas, de cientos y miles de años, no suelen cumplir más de 20. La exposición de motivos del proyecto proclama que el sistema de penas se propone "alcanzar, en la medida de lo posible, los objetivos de resocialización que la Constitución le asigna".

El texto del Gobierno, asumido por la mayoría de los grupos, mantiene que el máximo de cumplimiento efectivo no podrá exceder del triple del tiempo de la pena más grave y reduce el máximo de tal cumplimiento efectivo a 20 años de cárcel -con la oposición del PP, que pide que se mantenga en 30 años-, excepcionalmente ampliado a 25, "cuando el sujeto hubiera sido condenado por dos o más delitosy alguno de ellos estuviera castigado por la ley con pena de prisión de hasta 20 años", Y a 30 años -IU pide que se suprima tal ampliación-, cuando alguno de los dos o más delitos cometidos estuviera castigado con más de 20 años de cárcel.

Pena inferior

El artículo 79 establece que si, como consecuencia de éstas y otras limitaciones, "la pena a cumplir resultase inferior a la mitad de la suma total de las impuestas, el juez o tribunal, atendida la alarma y perturbación social que los hechos hayan producido, si alguno, de los delitos que concurren fuera de homicidio, lesiones de las tipificadas en los artículos 149 y 150 [pérdida de miembro principal, esterilidad, impotencia y otras graves], agresiones sexuales, detención ilegal, torturas, delitos contra la salud pública [incluidós los de narcotráfico], rebelión, sedición y terrorismo, podrá acordar motivadamente que los beneficios penitenciarios y el cómputo de tiempo para la libertad condicional se refieran a la totalidad de las penas impuestas en las sentencias".

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. El precepto añade que esta norma endurecedora se aplicará, "sin perjuicio de lo que, a la vista del tratamiento, pueda resultar procedente". Y agrega que, "en este último caso, el juez de vigilancia penitenciaria, valorando en su caso las circunstancias personales del reo, la evolución del tratamiento reeducador y el pronóstico de reinserción social, podrá acordar razonadamente, oído el Ministerio Fiscal, la aplicación del régimen general de cumplimiento". Esta posibilidad de regreso al sistema general de aplicación de beneficios penitenciarios es rechazada por el PP, que no admite excepciones, una vez que el tribunal sentenciador acuerde que los beneficios penitenciarios se descuenten de la totalidad de las penas impuestas.

El PP justifica su "reacción firme contra las conductas descritas" -que en la práctica conduce a que quienes tienen condenas de cientos de años siempre cumplan el máximo de 30 años de cárcel-, en el propósito de "lograr un acercamiento entre las penas realmente impuestas a los condenados en las respectivas sentencias y las realmente cumplidas".

El PNV no enmendó en este punto el proyecto. Por su parte, CiU admite el endurecimiento proyectado por el Gobierno y la excepción al mismo por decisión de los jueces de vigilancia, pero estima que la posibilidad de aplicación de los beneficios penitenciarios sobre la totalidad de las penas impuestas no debe reducirse a los delitos mencionados, sino generalizarse a todos.

En consecuencia, propone que se suprima el catálogo de delitos que resultarán endurecidos. Justifica su enmienda en la Conveniencia de evitar que la pena pueda quedar reducida, de forma incomprensible para la sociedad".

La posición más alejada del texto del proyecto es la de IU, que propone la supresión pura y simple del artículo 79. La justifica en que en el cumplimiento de las penas no deben influir conceptos posteriores al delito, como "la alarma y perturbación social", que no dependen del responsable, sino a veces de los medios de comunicación social. IU señala que el "tratamiento desigual" tiende a hacer "ineficaz la orientación constitucional a la reinserción social".

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