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El juez ordena abrir una causa contra los policías que detuvieron a los "okupas"

Los policías pusieron a 10 okupas a disposición del juez, pero se encontraron con que ellos mismos pueden ser los acusados. El titular del Juzgado de Instrucción número 38,_ Ramón Sáez Valcárcel, de guardia el miércoles, ha ordenado investigar la posible ilegalidad de. la detención de los ocupantes del antiguo colegio Abraham Lincoln (barrio de Campamento), ejecutado en la mañana de ese mismo día.La policía justificó los arrestos por "resistencia a la autoridad". Pero el criterio del magistrado indica que la conducta de los detenidos, que mostraron una actitud pacífica, no es constitutiva del citado delito, y accedió a su demanda de hábeas corpus (derecho del detenido a comparecer inmediatamente ante el juez), con lo que salieron en libertad sin cargos.

Los 10 jóvenes se encontraban encerrados o encadenados en el colegio Abraham Lincoln, en la calle de Illescas, 1 (distrito de. Latina), okupado a comienzos de 1994, tres meses después de su cierre. El desalojo, por orden judicial a instancias de la empresa Minimerca, dueña del inmueble, comenzó a las diez de la mañana del miércoles. Los jóvenes, en todo momento, ofrecieron una resistencia pasiva, sin que mediara agresión alguna, según reconoció la policía ante el juez y como pudieron observar los periodistas presentes (véase EL PAÍS de ayer).

Los agentes retiraron a rastras a los que se encontraban encadenados en la puerta y detuvieron a cinco de ellos a pesar de que todos se limitaron a incorporarse ante el requerimiento. Una hora después, tras entrar en. el edificio, sacaron, también detenidos, a otros cinco, a los que es posaron e hicieron permanecer arrodillados durante un tiempo sin que se resistieran. Todos fueron trasladados a la comisaría de Los Cármenes.

PASA A LA PÁGINA 3

El juez cree que la detención de los 10 'okupas' en Campamento "carecía de cobertura legal"

VIENE DE LA PÁGINA 1El juez considera "normales y previsibles las críticas y actitudes reticentes de quienes sufren las diligencias judiciales". También cree que el ordenamiento jurídico tiene mecanismos de solución, como la "compulsión física" (apremio o fuerza por mandato de la autoridad obligando a alguien a hacer una cosa) para hacer frente a un comportamiento rebelde sin llegar a la detención.

Considera, asismismo, que la conducta de los 10 detenidos no puede considerarse constitutiva de un delito de desobediencia ni de resistencia a la autoridad. "Los jóvenes encerrados obedecieron las órdenes de la policía, se dejaron esposar y permanecieron arrodillados, y los de la puerta se limitaron a protestar silenciosa y pacíficamente ante el desalojo", relata el auto judicial.

En conclusión, el juez establece que, dentro del conocimiento limitado de los hechos en el procedimiento del hábeas corpus, "la detención carecía de cobertura legal porque no concurría, el supuesto fáctico que habilitara a la policía para acordar esa injerencia en el derecho fundamental a. la libertad de la persona".

Resistencia

A partir de dicha conclusión admitió el hábeas corpus solicitado por los detenidos y ha ordenado que se investigue la actuación policial por si pudiera ser constitutiva de delito. Todos los arrestados fueron puestos en libertad sin cargos, menos uno sobre el que pesa una orden de detención y presentación en el, Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid.

Portavoces del Cuerpo Superior de Policía afirmaron ayer, como único comentario al procedimiento judicial. iniciado, que los agentes arrestaron a los jóvenes por resistencia y desobediencia a la autoridad.

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