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El Supremo rechaza definitivamente la querella de Vera contra Garzón

El Tribunal Supremo ha confirmado la desestimación de la querella presentada por el ex secretario de Estado Rafael Vera, contra el juez Baltasar Garzón, según un auto dictado ayer por la Sala Segunda del Supremo. El alto tribunal rechaza el alegato de la defensa de Rafael Vera acerca de una supuesta "inmunidad del Poder Judicial". Este planteamiento parece haber escocido a los magistrados, que tras atribuirlo al "interesado y parcial sentir " de Vera y sus abogados lo rechazan "enérgicamente".La querella de Vera contra Garzón, por presuntas coacciones a su ex secretario personal, Juan de Justo, fue rechazada por primera vez por la Sala Segunda del Tribunal Supremo el pasado 20 de febrero. El Supremo estimó entonces que el supuesto ofrecimiento de Garzón a De Justo de no ingresar en prisión y salir en libertad si reconocía que Vera le había ordenado llevar 50 millones a Suiza, "no pasaría, caso de haberse producido", dijo el Supremo entonces, "de una atípica ampliación de la instrucción de derechos".

Según el recurso de Vera, tal y como estaba redactado dicho fundamento de derecho "resultaría imposible que un juez, en la instrucción de un sumario, pudiera cometer el delito de coacciones. Supone tanto como una declaración de imposibilidad de cometer un delito por parte de un juez", añadía el recurso.

Inmunidad de poder

Este argumento parece haber molestado a los magistrados, que subrayan con vehemencia que, si en su anterior resolución dijeron que la lucha contra las "inmunidades del poder" era una meta del Estado de Derecho, no cabía ahora inferir lo contrario. "En cualquier caso, este tribunal subraya que el Poder Judicial no es inmune en su actuación", dicen los magistrados.

"Lo que se dijo y reiteira ahora sobre el delito de coacciones es que (.. .) se requiere la existencia de padecimientos síquicos y físicos ilícitos e infligidos de modo vejatorio para quien los sufre, o dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales", según la jurisprudencia que citan. "Nada de ello surge del relato de la que rella, tanto respecto a De Justo como asimismo de Julián San Cristóbal", añaden. En definitiva, para el Supremo no se trata de que la coacción exija la consecución del resultado pretendido, "sino de la valoración de la acción tal como se dice realizada en la propia querella".

Por otra parte, fuentes del Supremo apuntaron que los defensores de Vera no han recurrido la doctrina, sentada en la anterior resolución sobre la querella de Vera, que permite a los jueces investigar los fondos reservados cuando haya indicios de delitos. Según estas fuentes, al no haber sido recurrida en súplica ante el Supremo, dicha doctrina sobre los fondos reservados no podría ser impugnada por Vera en el recurso de amparo que puede presentar ahora ante el Tribunal Constitucional.

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