El fiscal asegura que el comité electoral del PSOE coordinado por Guerra estuvo vinculado a Filesa
La fiscalía del Tribunal Supremo señala en informe dirigido al juez del caso Filesa, Marino Barbero, que las sociedades Filesa, Malesa y Time Export se crearon por el PSOE "con la finalidad de financiar el partido, principalmente en el ámbito electoral". El dictamen, reclamado por Barbero y relativo a la conveniencia de cursar un suplicatorio para proceder contra Alfonso Guerra, se limita a mencionar las dificultades de acusar al número dos del PSOE de un delito electoral, sólo previsto para los administradores electorales, cargo que no ostentaba Guerra.
Consecuentemente, el fiscal atribuye toda la responsabilidad de las "omisiones contables" al administrador general electoral del PSOE, Ramón Moreda Luna, pero señala que el "órgano natural" del partido que necesariamente debía estar en comunicación con Filesa para conseguir fondos era el comité electoral federal del PSOE, en el que estaban integrados Alfonso Guerra y Guillermo Galeote.El pronunciamiento del fiscal subraya las dificultades técnicas para sostener la acusación contra Guerra por delito electoral, pero acompaña un relato de hechos que, a falta de la definición de los delitos y la solicitud de las penas, tiene todo el aire de un acta de acusación. Según el fiscal, el holding Filesa se inició formalmente con la compra de Time Export por los miembros de la comisión ejecutiva del PSOE Josep Maria Sala y Carlos Navarro el 3 de julio de 1987, "el mismo día de la publicación en el BOE de la Ley de Financiación de Partidos Políticos".
. En diciembre de 1988 "y por el simple intercambio formal de acciones entre Lu1s Oliveró y quienes habían actuado de testaferros en la constitución de cada una de las sociedades del holding, queda totalmente constituido el grupo de empresas apareciendo como teóricos copropietarios Alberto Flores, con el 60%, y Oliveró, con el 40% restante".
Según el fiscal, Malesa, Filesa y Time Export se crearon por el PSOE "con la finalidad de financiar el partido, principalmente en el ámbito electoral". A partir de enero de 1989, año de las elecciones europeas y generales, el holding se halla "en perfectas condiciones técnicas y de organización para actuar a pleno rendimiento, aplicando fundamentalmente sus fondos al pago de servicios electorales del PSOE".
. Dado que el grupo de empresas persigue la financiación electoral, el "órgano natural del partido que necesariamente ha de hallarse en comunicación con el holding es el comité electoral federal del PSOE, que se integrará en 1989, entre otras personas, por Guerra y Galeote, conforme tienen declarado éste y Ramón Moreda Luna", añade el fiscal del Supremo.
"A la vista de las necesidades y limitaciones presupuestarias, era preciso determinar qué gastos electorales habrían de pagarse por el PSOE con cargo a la cuenta bancaria electoral y cuáles habrían de pagarse por el holding mediante el giro de facturas a éste por proveedores del partido", añade el escrito.
Para el fiscal, era "absolutamente necesario" omitir, en la contabilidad electoral a remitir al Tribunal de Cuentas, los pagos por servicios electorales realizados por Filesa a favor del PSOE, así como ocultar el carácter electoral de otros servicios que, con la naturaleza de "ordinarios", serán pagados por el partido pero con cargo a cuentas bancarias no electorales.
La omisión contable-electoral, obligada desde la perspectiva del PSOE para encubrir la financiación electoral obtenida, "es atribuible por su cargo a Ramón Moreda Luna, como responsable legal de la contabilidad electoral del PSOE en el periodo electoral de l989". En dicho periodo, Guerra es coordinador general del comité electoral federal del PSOE; Galeote, coordinador y subcoordinador económico del mismo comité, y Moreda, administrador del comité federal y "administrador general electoral del PSOE para las elecciones de 1989, propuesto por éste y designado por la Junta Electoral Central, y gerente de la comisión ejecutiva del PSOE"
Tomando como base el informe de los peritos. judiciales,, el fiscal detalla los pagos por servicios o prestaciones electorales de las elecciones europeas y generales de 1989 "no contabilizados electoralmente por el PSOE (Ramón Moreda Luna) ni satisfechos con cargo a la cuenta bancaria electoral del partido (Caja Postal), cuya documentación correspondiente fue presentada al Tribunal de Cuentas.
Dichos pagos no contabilizados, cuya mecánica contable se describe exhaustivamente por el fiscal a lo largo de varios folios, se refieren a 62,9 millones de gastos derivados de los locales electorales del PSOE en la calle Gobelas 33, que fueron satisfechos por Seinlosa y Filesa; 183,9 millones satisfechos a Hauser y Menet por Filesa y por el BBV por servicios electorales prestados al PSOE, y otros 164 millones pagados por el PSOE a Hauser, pero con cargo a una cuenta bancaria no electoral.
Tampoco fueron contabilizados en la documentación remitida al Tribunal de Cuentas un total de 44 millones pagados por Time Export y Filesa a Mabuse por vídeos y trabajos de marketing para el PSOE; 40 millones pagados por Filesa a Dorna y otros 60 pagados por Time Export a Producciones Dobbs, así como 267 millones pagados por Filesa a El Viso Publicidad por trabajos sobre estrategias y tácticas de comunicación, "trabajos que se entienden inexistentes".
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