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Oubiña seguirá libre por estimar el tribunal que el hachís con el que negoció no causa grave daño a la salud

El tribunal que juzgó la Operación Nécora ha confirmado la libertad del capo Laureano Oubiña Piñeiro, porque, entre otros argumentos, el delito de receptación por el que ha sido condenado se refiere a beneficios procedentes del hachís, sustancia que "no causa grave daño a la salud". La resolución del tribunal, redactada por la juez Ángela Murillo, afirma que el recurso del fiscal "no se tiene en pie" y añade que si órganos gubernamentales han hablado de la posibilidad de legalizar el hachís, sería "manifiestamente ridículo" pensar que eso cause "alarma social".

En la resolución se afirma que la prórroga de la prisión provisional hasta seis años, límite de la mitad de la pena impuesta a Oubiña, es una facultad discrecional que tiene el tribunal. Se dice después que Oubiña, que salió en libertad el pasado día 7, un año y medio antes de que cumpliese la mitad de su pena de 12 años, no fue condenado por tráfico de drogas, sino por receptación o aprovechamiento de bienes procedentes del tráfico de hachís, lo que no equivale a "blanqueo de capitales" ni se identifica con "narcotráfico".Respecto a la "alarma social" creada por su excarcelación, el tribunal desecha que ésta se haya producido por los delitos fiscales que se le han probado, por lo que sólo puede referirse al de receptación. Agrega que es cierto que la droga mata en el caso de la heroína y la cocaína, pero al hachís "no hay dato que permita atribuirle una sola muerte".

Aun suponiendo que la receptación hubiese producido la alarma social, prosiguen los magistrados, como Oubiña fue condenado por este único delito a seis años", la mitad de la pena impuesta serían "tres años y 12 horas". Como lleva cuatro años y seis meses en prisión, "aún le está sobrando año y medio".

El tribunal, que en la sentecia dijo estar convencido de que los Oubiña cambiaron divisas por un contravalor de 1.600 millones de pesetas, cree que la alarma social se debe al "injustificado e importantísimo patrimonio, al menos aparente, del condenado, que parece procedente de actividades delictivas". "Pero ello no puede influir en la prisión preventiva bajo ningún concepto", añaden.

Para justificar su creencia de que Oubiña no se fugará los jueces dicen que tiene dos hijas de corta edad y a su esposa en prisión preventiva, así como buena parte de su supuesta fortuna en bienes inmuebles radicada en España. Después teorizan sobre el hecho de que, si huyese, Oubiña tendría que ocultarse en un país extranjero durante un "abultado número de años" con el riesgo de ser detenido, y extraditado a España, "lo que no parece precisamente lo más lógico del mundo",, según ellos.

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