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La UCE denuncia la ilegalidad permanente de la publicidad en televisión

Las televisiones españolas están infringiendo la ley de manera sistemática, según se desprende de un estudio llevado a cabo por la Unión de Consumidores de España (UCE), que ha realizado un seguimiento de las emisiones publicitarias durante el mes de septiembre en todas las televisiones. El resultado de este estudio indica que ninguna cadena de carácter nacional cumple la ley en cuanto al tiempo dedicado a la publicidad.El pasado 12 de julio entró en vigor la Ley de Trasposición de la Directiva Europea sobre televisión (Ley 25/1994), que afirma en su artículo 14 que el tiempo dedicado a publicidad no podrá en ningún caso sobrepasar los 12 minutos por hora (o 17 minutos si se incluyen los espacios dedicados a la autopromoción de las cadenas). Sin embargo, durante el mes de septiembre, Antena 3 incumplió este artículo en 113 ocasiones; Tele 5, en 76; TVE-1, en 6, y La 2, en una.

Así, por ejemplo, Antena 3 emitió el 28 de septiembre, a las 16.00, 25 minutos y 48 segundos de anuncios en sólo una hora. Tele 5 llegó hasta los 23 minutos y seis segundos el día 21 de este mismo mes a las 19.00, y TVE-1 alcanzó los 22 minutos y 11 segundos el día 1 a las 20.00. En total, las cuatro cadenas de carácter nacional incumplieron, a lo largo del mes de septiembre, 195 veces la ley por este motivo.

En las cadenas autonómicas el panorama no es mucho mejor para los espectadores: a la cabeza figura Telemadrid con 22 incumplimientos, seguida de Canal 9 (de la Comunidad Valenciana), con 12. Canal Sur vulneró la ley en siete ocasiones; ETB, en 3, y TVG, en una.

La cadena autonómica andaluza no tuvo escrúpulos en programar hasta 29 minutos y 50 segundos de publicidad el 17 de septiembre a las 12.00. Canal 9 no quedó demasiado lejos, pues programó 26 minutos y 55 segundos de publicidad el pasado día 23 a las 18.00. Durante el mes de septiembre, las cadenas autonómicas incumplieron la ley por este motivo en 45 ocasiones. Sólo las televisiones catalanas (TV-3 y Canal 33) se ajustaron a lo dispuesto y en ningún momento rebasaron los límites máximos establecidos.

Falta de respeto

Según esta ley, el incumplimiento reiterado de este artículo se considera una "infracción muy grave". A diferencia de otros artículos, que establecen periodos transitorios de adaptación a la ley, el artículo 14 no menciona en ningún momento plazos para su cumplimiento, por lo que su entrada en vigor fue inmediata desde el mes de julio.La Unión de Consumidores de España, que califica esta política de las cadenas de "falta de respeto a la audiencia", ha dirigido un escrito al ministro de Obras Públicas y Transportes, José Borrell, y a la secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado, exigiendo la adopción de medidas inmediatas "que eviten estas flagrantes vulneraciones de la legalidad".

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