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¿Macroprocesos?

JOSÉ MARÍA MENAEl autor defiende la existencia de macroprocesos cuando se trata de hacer frente a la macrodelincuencia. Es el sistema más seguro, concluye, de poder alcanzar a los máximos responsables

José María Mena

Han pasado semanas desde que se conoció la sentencia del llamado caso Nécora, denominación policial o periodística más o menos exótica, que judicialmente se identifica como un proceso más, con su escueto y austero número. Las inmediatas reacciones a la sentencia, en ocasiones airadas o vehementes, procedieron sobre todo de ámbitos extrajurídicos, y se referían a la en su opinión, benignidad de las penas y absoluciones. Las tragedias humanas que derivan del comercio de determinadas drogas explica las características de estas reacciones.En todo caso, en un país libre, es libre la expresión de la opinión que pueda merecer ésta y cualquier otra actuación o resolución judicial. Entre los comentarios críticos aparecidos, algunos proceden de destacados juristas. Su crítica señala la gran dificultad, o el gran desacierto de la instrucción sumarial, cuando aborda a múltiples acusados, y múltiples y complejos hechos delictivos. Por ello, se ha podido leer la noticia de que personalidades del mundo del derecho "están en contra de los macroprocesos".

Con la serenidad que proporciona la distancia de la noticia, es razonable reflexionar ante la opinión pública sobre el contenido de una crítica que, necesariamente, alcanza al trabajo de la instrucción, es decir, de la preparación del juicio oral, que corresponde al juez de instrucción, junto con el fiscal.

En ocasiones esta crítica induce a pensar que el pretendido desacierto del macroproceso procede de un indeseable protagonismo. Como si la opción por ese modo de trabajo en la instrucción fuera imputable a quien la dirigió, y estuviera presidido por miras ajenas a los objetivos del proceso que marcan las leyes.

Este efecto de las críticas de algunos juristas, debe ser evitado, porque podría darse la circunstancia de que un comentario crítico nacido con el propósito de salvaguardar el prestigio y credibilidad del Poder Judicial, personificado en el Tribunal sentenciador, concluyera generando la desconfianza o desprestigio del juez de instrucción, y por lo tanto, del mismo Poder Judicial. Pero, sobre todo, aquel efecto de las críticas de algunos juristas debe ser evitado porque así lo exige la objetividad de los datos.

Pensemos en los llamados "delitos de cuello blanco" cometidos a la sombra de bosques de. sociedades anónimas reales, ficticias, interpuestas, de hombres de paja, y múltiples contabilidades. Pensemos en, los grandes delitos de tráfico organizado de drogas ilegales, que no es sino otro modo de redes comerciales y financieras con objeto de comercio criminal.

En semejantes supuestos hay una voluntad delictiva que preside las concretas actividades comerciales, y éstas son en ocasiones delictivas, y en ocasiones asépticas. La unánime voluntad de los ciudadanos es, sin duda, que las organizaciones delictivas que amparan la corrupción económica, o el comercio criminal de la droga y sus millonarios recursos económicos, sean sometidas a proceso, condenadas y desarticuladas.

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Para alcanzar este objetivo hay que enjuiciar a quienes personifican la voluntad criminal que dirige toda la trama. A sus máximos responsables, siempre distantes de las conductas y situaciones "sucias", siempre aparentemente inmaculados, a sus cuadros intermedios, a sus simples peones, que son los únicos que pueden ser sorprendidos con las manos en la masa, falsificando documentos,, ocultando contabilidades, transportando dinero, o llevando drogas, etcétera.

No está en la mano del juez de instrucción parcelar aquella voluntad criminal organizada. No sería razonable juzgar por separado cada conducta delictiva de cada simple peón. Y, lo que es más grave, ello sería el sistema seguro de no alcanzar nunca a los siempre limpios máximos responsables.

Por todo ello, cuando hay "macrodelincuencia" tiene que haber "macroprocesos". Si éstos resultan difíciles de ordenar, de construir. o de resolver, ello no debe imputarse al juez de instrucción o al fiscal. Y no siempre es válida la excusa de la insuficiencia del sistema y los medios materiales.

En ocasiones, por desgracia, tras la crítica pretendidamente profesional, no hay más que una falta de imaginación para comprender que, hoy, la Administración de Justicia, ha de alcanzar más arriba que los simples estafadores del tocomocho o los tristes papelineros cutres, más arriba de los cómodos y burocratizados "microprocesos".

José María Mena es teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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