_
_
_
_

¿Fotocopias? No, gracias

El Registro de la Propiedad Intelectual es uno de los pocos organismos españoles que no utiliza la fotocopiadora para reproducir libros. Y ello debido a la rigurosa normativa sobre Copia Privada, legislada en diciembre de 1992, que regula los derechos de reproducción que el Registro observa.Por esta legislación, los fabricantes o importadores de máquinas fotocopiadoras que reproduzcan textos o libros para uso público -no aquellas que lo hagan para su uso privado o destinado a docencia o investigación- pagan un canon anual en función del número de copias que puedan emitir.

Así, las máquinas con capacidad de reproducir entre 10 y 29 copias por minuto, pagarán un mínimo de 7.500 pesetas anuales. Las que tengan capacidad de emitir 50 copias al minuto, pagarán hasta un máximo anual de 37.000 pesetas, según asegura Teresa Jiménez, de la Subdirección General de Propiedad Intelectual, del Ministerio de Cultura. Este organismo tampoco emplea fotocopiadoras para estos menesteres.

Más información
Los madrileños inscriben 22.000 obras al año en el Registro de la Propiedad Intelectual

Las infracciones de la propiedad intelectual, como el plagio, son castigados y abarcan desde multas -a partir de 500.000 pesetas- hasta penas de arresto o prisión menor.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_