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El juez absuelve del delito de imprudencia a una comadrona que alumbró el nacimiento de un bebe ciego

Rosa María L. D., de 43 años y comadrona de la residencia sanitaria La Paz, ha sido absuelta del delito de imprudencia temeraria que le imputaba el fiscal en relación con un parto en el que el bebé nació medio ciego y casi paralítico.Tanto la Fiscalía de Madrid como el abogado de la acusación se han mostrado disconformes con la sentencia y han presentado sendos recursos ante la Audiencia de Madrid. El fiscal pidió en el juicio para la comadrona un año de cárcel y una indemnización de 80 millones de pesetas. Mientras viva, el niño necesitará una persona que le cuide: su situación física es similar a la de un vegetal.

El juez reconoce en su sentencia, fechada el pasado 29 de junio, que la actuación de la comadrona estuvo "fuera de toda diligencia profesional". Dejó sola durante más de media hora a su paciente, a pesar de que el marido de ésta le había dicho que su esposa se encontraba mal.

El magistrado declara probado que la comadrona se incorporó a su trabajo sobre las nueve de la noche del 30 de octubre de 1992. Esa noche sólo tuvo a su cargo a Amadora Carmona García, sometida a monitorización dada la inminencia del parto.

Cesárea urgente

Según el relato del juez, a las once y media de la noche, el marido de la parturienta avisó a la comadrona de que a su esposa se le habían dormido las manos y la cara. La enfermera entró en la habitación donde estaba dilatando Amadora y, tras ver el monitor, dijo que todo estaba normal. "La acusada, incumpliendo su deber de diligencia, en vez de entrar de nuevo a los 10 o 15 minutos [era su única páciente esa noche] para vigilar la evolución del parto -periodo de tiempo aconsejable tal como se estaba desarrollando el mismo- no volvió a entrar más", explica el juez.

Media hora después, sí miró el monitor -"por indicación de la acusada"- otra enfermera, quien observó "una bradicardia fetal mantenida durante unos diez minutos"; o sea, que el feto estaba sufriendo y que, en consecuencia, el parto "tenía que terminar cuanto antes". Ésta avisó al ginecólogo de guardia y la, llevaron urgentemente al quirófano para practicarle una cesárea. Pero ya era tarde, se había producido un desprendimiento de la placenta y el cerebro del bebé había estado demasiado tiempo sin recibir oxígeno.

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El juez explica: "Aunque la conducta de la acusada puede catalogarse como descuidada,, no hay ninguna prueba, ni directa, ni indirecta, que permita demostrar la relación de causalidad necesaria entre la conducta de la comadrona y el lamentabilísimo resultado producido".

La causa de la falta de oxigenación del bebé se debió al desprendimiento de la placenta, hecho que, señala el juez, "en modo alguno se puede achacar a la acusada". Es decir: que aunque la comadrona hubiese estado más atenta al monitor, no habría podido evitar el triste desenlace. Para llegar a esta, conclusión se ampara, entre otros, en el testimonio del médico y compañero de la acusada que practicó ese día la cesárea, Jaime Luis Pillado.

El fiscal sostiene que si la comadrona hubiese estado atenta al monitor -al menos durante un tiempo prudencial- habría advertido el sufrimiento del bebé y los médicos habrían actuado antes.

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