Dos condenados por el 'caso Sokoa' no volverán a prisión
Juan Luis Zabaleta y José Antonio Gogorza han sido condenados a seis años de prisión y 300.000 pesetas de multa por pertenencia a ETA. Ambos fueron detenidos en Francia por su relación con la industria Sokoa, una fábrica de sillas en la que en 1986 la policía localizó abundante documentación, dinero y armas de la organización terrorista. Los dos condenados seguirán en libertad por que les han sido descontados los años que han pasado en prisión preventiva.En la sentencia, hecha pública ayer, la Audiencia Nacional ha impuesto esta pena a ambos terroristas aunque les ha absuelto de los delitos de depósito de armas, tenencia de explosivos y receptación, y a Gogorza, además, del de falsificación de documentos oficiales.
El tribunal declara probado que ETA se encontraba "parcialmente instalada en 1986 en Francia, donde residían varios de sus miembros principales y se creó toda una infraestructura para facilitar la continuación de sus acciones en España". La banda desarrollaba toda la organización de los comandos y de la contabilidad en el país vecino. En la fábrica de Sokoa llevaba la cuenta de sus gastos e ingresos, debidos estos últimos en su mayoría a pagos del impuesto revolucionario por parte de empresarios españoles, explica el fallo.
ETA también guardaba en la sede de la cooperativa Sokoa "la mayoría de la información que se recopilaba y que podía servir para la selección de los objetivos y víctimas de sus acciones y, además, mantenía los depósitos de dinero, armas y explosivos".
La resolución agrega que varios etarras residentes en el sur de Francia trabajaban en los primeros meses de 1986 en la cooperativa Sokoa, dedicada a la fabricación y montaje de muebles, que fue aprovechada por ETA para dar cobertura a sus actividades. Para ello, construyeron en el edificio un escondite y utilizaron el local para guardar toda la documentación relativa a la banda, así como para depositar dinero, armas y explosivos.
Zabaleta y Gogorza abonaban mensualmente a la organización parte del sueldo que cobraban en Sokoa y contribuyeron a ocultar y servir de tapadera a las actividades de ETA. No obstante, la Sala añade que no consta que los condenados "se encargasen de labor de dirección alguna, que en esa época hubiesen participado directamente en acciones violentas o toma de decisiones ni que conociesen los objetos o el material que se ocultaba en el escondite".
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