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Quien recopila, confunde

El prólogo del volumen Ordenazas del Ayuntamiento de Madrid editado en 1991 advierte: "Hay que reconocer que en alguna de nuestras ordenanzas vigentes ( ... ) existe desfase entre ambas realidades [las históricas y las actuales] y necesidad urgente de una nueva redacción, más allá de las parciales modificaciones puntualizadoras y modernizadoras". De esta forma, figuran preceptos de dudosa, pero no derogada, vigencia:

Compostura. Todos los habitantes de la Villa han de observar la compostura y corrección de palabra y modales que exige el elevado concepto de ciudadanía del que debe ser modelo la capital de España. Queda prohibida la blasfemia.

En la calle. Se prohibe criar gallinas, pavos y demás animales de corral dentro del recinto urbano de la población

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El municipio aplica viejas ordenanzas opuestas a los últimos reglamentos

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Molestias. Queda prohibido dar serenatas o recorrer las vías en rondallas sin permiso de la autoridad.

Caballos. Las caballerías que marchen por la vía pública habrán de ser conducidas al paso por sus dueños y, si llevan carga, deberán ir por las calles laterales y nunca por los paseos.

Piscinas públicas. Cada bañista deberá llevar sus propios objetos de aseo o tocador, sin que se permita su uso común.

Ascensores. Tendrán derecho a usar el ascensor, cuando no haya montacargas, no sólo los inquilinos, sino la servidumbre, los visitantes, los repartidores de periódicos, de correspondencia, telegramas y telefomenas y, en general, todos cuantos acudan a la casa, ya que el ascensor es un servicio que sustituye a la escalera.

Peatones. Si condujeren fardos, bultos, cestas u objetos análogos que puedan originar molestias a los traseúntes, irán por la parte de la calzada más cercana ala acera.

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