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El municipio aplica viejas ordenanzas opuestas a los últimos reglamentos

"¡Como usted vive abajo, se aguanta!". Es la frase habitual que espeta un vecino a otro que se queja: día tras día caen sobre su colada o su balcón los desperdicios del mantel. Desde 1985, el "¡ahí va eso!" está prohibido por las normas municipales. Sin embargo, 14 de las 21 juntas de distrito de Madrid aplican todavía la ordenanza de 1948, que, por ejemplo, permite sacudir las alfombras a ciertas horas del día. El Ayuntamiento sanciona a los incívicos con multas de hasta 10.000 pesetas.

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Quien recopila, confunde

"No es que te pongan un cuchillo en el cuello, pero soportar la guarrería día tras día durante años desespera a cualquiera", dice una residente en el distrito de Ciudad Lineal. Al final, la sanciones pocas veces se hacen realidad, para desesperación de los vecinos que sufren estas molestias.La mayoría de las juntas municipales de distrito informan erróneamente a los ciudadanos. Catorce juntas de un total de 21 se refieren, en su respuesta a indignados ciudadanos, a una normativa de 1948, que permite la sacudida a ciertas horas de la mañana; pero la ordenanza de 1985 sobre protección del medio ambiente lo prohíbe tajantemente y considera que es una infracción leve.

Incluso el alcalde, José María Álvarez del Manzano, ha contestado por escrito a una mujer, enfadada por ser el blanco de las migas del mantel de sus vecinos, que "hay costumbres difíciles de suprimir".

"Pelos, arenilla..."

Esta vecina, Pilar López López, que reside en el número 3 de la calle de Mauricio Legendre (Chamartín), lleva varios años soportando "el incivismo de los habitantes del piso superior", que inundan su terraza de pelos, arenilla y otros desperdicios. Desde diciembre de 1992 ha emprendido un periplo interminable por la Administración municipal para frenar los malos modales de sus vecinos. Sólo ha conseguido que dos expedientes sancionadores lleguen por la vía ejecutiva a los infractores.La confusión del alcalde se justifica porque el libro que compila las ordenanzas municipales no renuncia a publicar las antiguas, aunque queden derogadas por las más modernas. Luis Mateo Díez, director de la Biblioteca Municipal, reconoce aquí un error que, afirma, se subsanará en una próxima edición en marcha: "Se trata de una mera recopilación, y la ordenanza de 1948 tiene artículos que no han sido derogados por el Ayuntamiento, pero sí por la realidad".

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EL PAÍS ha llamado a los teléfonos de información al ciudadano de las 21 juntas de distrito. Sólo las de Centro, Moncloa, Carabanchel, Puente de Vallecas y San Blas sabían que está prohibido sacudir alfombras y prendas desde los balcones bajo multa de 10.000 pesetas. En el resto -excepto Salamanca y Hortaleza, que remitieron al interlocutor al número (900) 10 20 00, de información de medio ambiente- repitieron como una letanía la ordenanza de 1948.

Al desconocimiento reinante en el Ayuntamiento sobre la sacudida de alfombras se une la imposibilidad de hacer efectiva la sanción fijada. En la Junta de Centro, una amable funcionaria explicaba: "Mire, si usted tiene este problema puede presentar aquí una denuncia. Después acudiría a su inmueble un inspector municipal o un policía municipal. Pero, claro, tendría que pillar a su vecino sacudiendo la alfombra por la ventana... Y eso es lo difícil".

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