Rechazado el recurso de Jaime Soto y Manuel de la Concha por el 'caso Ibercorp'
La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso que los gestores del Grupo Financiero Ibercorp, Manuel de la Concha y Jaime Soto, presentaron contra el Ministerio de Economía. El departamento ministerial impuso en febrero de 1993 una multa por un importe total de 243 millones de pesetas a esta sociedad financiera por violar la Ley del Mercado de Valores.Economía sanciono a Manuel de la Concha con cinco millones de pesetas. Tanto De la Concha como Jaime Soto fueron inhabilitados para administrar o dirigir una entidad de crédito durante cinco años. La alegación ante la Audiencia Nacional se basaba en que la tramitación del expediente sancionador había vulnerado los principios constitucionales básicos. El Tribunal estima ahora que la sanción de Economía "no conculca los derechos fundamentales invocados".
La sanción impuesta por el entonces ministro de Economía y Hacienda, Carlos Solchaga, a los antiguos gestores y principales accionistas de Ibercorp a propuesta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), se basaba en las prácticas de estos últimos dirigidas a falsear la libre formación de los precios en el mercado de valores.
El recurso de Ibercorp argumentaba que el requerimiento de la CNMV para que aportase información, que luego sirvió para elaborar la sanción, vulnera el derecho constitucional de no declarar contra sí mismo. La Audiencia Nacional alude a la "consolidada jurisprudencia constitucional" al respecto antes de desestimar este argumento. Aportar datos "que legalmente han de obrar en la sociedad requerida" no equivale a un declaración en contra de sí mismo, ni implica una manifestación de voluntad [...] admitiendo su culpabilidad", según el Tribunal.
El escándalo Ibercorp estalló a principios de 1992 y salpicó al entonces gobernador del Banco de España, Mariano Rubio. Presuntamente, De la Concha ocultó información a la CNMV para proteger a Rubio, que era accionista de Sistemas Financieros, relacionada en el escándalo.
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