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COMUNICACIÓN

El Constitucional suspende la ejecución de las condenas impuestas a siete periodistas

El Tribunal Constitucional ha suspendido la ejecución de las condenas impuestas por el Tribunal Supremo a Pedro J. Ramírez, director de El Mundo; José Luis Gutiérrez, director de Diario 16 y otros cinco periodistas por determinadas noticias publicadas en Diario 16 hace nueve años en las que se informó de que el empresario José María Ruiz Mateos, que había huido de la justicia, se encontraba en un hotel de Jamaica con Cori Miarnau, esposa del amigo de Ruiz Mateos, José María Sabater.El alto tribunal ha adoptado esta decisión transitoria hasta que dicte una sentencia sobre el objeto principal del recurso, es decir, la licitud o ilicitud del ejercicio del derecho a la información.

Los dos directivos fueron condenados en noviembre pasado por el Supremo a un mes de arresto y al pago de una multa de 100.000 y 80.000 pesetas respectivamente y a pagar cada uno de ellos una indemnización de medio millón de pesetas al matrimonio Miarnau-Sabater. Por su parte los periodistas Raúl Heras, Manuel Romero, José Antonio Sánchez, Carmen Rico-Godoy y Alfonso Rojo fueron condenados al pago de una multa de 30.000 pesetas por publicar informaciones sobre el mismo tema.

La Sala Segunda del Supremo revocó en aquella sentencia otra resolución absolutoria de la Audiencia Provincial de Madrid. Los periodistas encausados recurrieron en amparo ante el Constitucional el pasado 1 de diciembre. El pasado 21 de enero la Audiencia de Madrid acordó suspender provisionalmente la ejecución de la condena hasta que resolviera el Constitucional.

Con fecha del 16 de febrero de este año el Tribunal Constitucional ha decidido suspender la ejecución de las condenas en lo relativo a las penas privativas de libertad, suspensión del ejercicio del cargo público, derecho de sufragio e inhabilitación para la profesión periodística, así como el eventual arresto sustitutorio por impago de multas. También ha suspendido la publicación del fallo, pero ha denegado la suspensión pedida por los recurrentes en cuanto a las penas pecuniarias, al abono de las indemnizaciones y a las costas.

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