El Constitucional deniega el amparo a un medico condenado por aborto
El embarazo interrumpido a una niña fue causado por estupro
El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo solicitado por el ginecólogo Germán Sáenz de Santamaría contra la condena, confirmada por el Supremo, por practicar un aborto en 1984 a una niña de 14 años que quedó embarazada de un primo suyo, condenado por un de lito de estupro (acceso carnal en el que el autor se prevale de su superioridad). Sáenz de Santamaría -indultado en su día por este aborto maniféstó ayer que, tras el conflicto con el Supremo por una sentencia sobre investigación de la paternidad, si el Constitucional le hubiera dado la razón "se arma la zapatiesta".
El origen de este caso fue el aborto practicado en 1984 por Sáenz de Santamaría en su clínica de Málaga a la niña de 14 años M. E. C., que había quedado embarazada de su primo Andrés Ruiz Expósito, de 50 años, a quien denunció y fue condenado por estupro a cinco años de cárcel. Juzgado por delito de aborto, la Audiencia Provincial de Málaga condenó al ginecólogo a cuatro años y dos meses de cárcel, una multa de 100.000 pesetas e inhabilitación especial durante seis años.Sáenz de Santamaría recurrió la condena ante el Tribunal Supremo, al que alegó que el artículo 417 bis del Código Penal -introducido en 1985- despenalizó el aborto, entre otras causas, cuando el embarazo sea consecuencia del delito de violación, denunciado por la víctima. El Supremo estimó que no se puede equiparar la violación al estupro.
Indicación ética
Aunque Sáenz de Santamaría fue indultado de las penas de cárcel e inhabilitación -sólo tuvo que pagar la multa-, solicitó el amparo del Tribunal Constitucional, para que fuera anulada la sentencia del Supremo, ya que, en su criterio, vulneró el derecho fundamental a ser juzgado por la norma penal más favorable. El letrado José Luis Galán, que elaboró el recurso, alegó que constitucionalmente es prácticamente idéntico el embarazo por violación que por estupro.La sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro Cruz Villalón, desestima el amparo, tras recordar que el derecho a la tutela judicial efectiva se cumple con la "obtención de un pronunciamiento judicial motivado" y que sólo cuando tal motivación es "irrazonable o arbitraria o incurra en error", puede rectificarse la decisión judicial. Sáenz de Santamaría declaró ayer a Europa Press que era imposible el fallo a su favor "después del cristo que se montó con el asunto de la paternidad".
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