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La Sala Civil del Supremo se echa atrás en su intención de apelar al Rey

B. DE LA C. / J. M. L. Los magistrados de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo desistieron ayer de su intención de apelar directamente al Rey por lo que consideran una invasión de su función jurisdiccional por el Constitucional, a propósito de una reciente sentencia sobre investigación de la paternidad. Los magistrados insisten en que han sido invadidos, pero cambian de cauce y reclaman al presidente del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Pascual Sala, que traslade su denuncia a "las instancias del Estado" que correspondan. Sala aseguró anoche que no hará llegar la queja al Monarca.

La decisión de no apelar directamente al Rey "como máximo poder moderador del Estado" fue adoptada en la tarde de ayer en una reunión de los magistrados de la sala, presididos por su actual presidente, Gumersindo Burgos y Pérez de Andrade, igual a la celebrada el jueves último, en la que se acordó por unanimidad dirigirse a don Juan Carlos.Los magistrados dejaron patente que persiste entre ellos el malestar creado por la sentencia del Constitucional, que anuló una del Supremo y declaró firme otra de la Audiencia Provincial de Madrid. El fallo de la Audiencia declaraba padre a un demandado que se había negado a someterse a las pruebas biológicas de investigación de la paternidad.

La única diferencia entre uno y otro acuerdo fue la aceptación del criterio de encauzar la queja a través de Pascual Sala, a quien solicitan que, para solucionar el conflicto y evitar invasiones de jurisdicción como la denunciada, se dirija a las correspondientes "instancias del Estado", como los poderes legislativo y judicial y el propio Constitucional, sin descartar la mediación real.

En el cambio de actitud de los magistrados, fuentes judiciales atribuyen gran influencia a las gestiones realizadas por Ignacio Sierra y Gil de la Cuesta, presidente titular de la Sala Civil del Supremo, actualmente en servicios especiales por ocupar un cargo de vocal del Consejo General del Poder Judicial.

Al término de la reunión que celebró ayer la Sala de Gobierno del Supremo -prevista con antelación al estallido del conflicto-, Pascual Sala apuntó que la solución puede ser el desarrollo legislativo de lo previsto en el artículo 53.2 de la Constitución sobre el amparo judicial de los derechos fundamentales, que liberaría de trabajo al Tribunal Constitucional, órgano al que llegarían muchos menos recursos.

La reunión fue tensa, crispada y difícil, ya que algunos de los magistrados se mostraron partidarios de continuar adelante con el memorándum al Rey, tras subrayar que contaban con el apoyo de las asociaciones judiciales. Al final se impuso unánimemente el criterio de canalizar la protesta a través del presidente del Tribunal Supremo, quien también fue objeto de algunas críticas.

Tras más de dos horas y media de reunión, los magistrados acordaron entregar al presidente del Supremo una exposición de las disfunciones que, según el criterio de la Sala Primera, cometió el Tribunal Constitucional en la sentencia de la paternidad, al valorar hechos y pruebas, y adoptar disposiciones que, a juicio de la Sala Primera, corresponden a la jurisdicción ordinaria. La sala dejó al criterio del presidente del Tribunal Supremo la adopci6n de las medidas que estime convenientes para resolver la cuestión.

Tras la reunión, la Sala de lo Civil en pleno se trasladó al Consejo General del Poder Judicial donde hizo entrega Pascual Sala de su "exposición" -se acordó prescindir del término "memorándum"-.

Según dijo después Pascual Sala a los informadores, esta exposición, que era la que habían acordado dirigir al Rey no contenía "ninguna referencia a poder moderador alguno" y no especificaba supuestos de interferencias en las funciones jurisdiccionales que pudieran derivarse de otras sentencias del Tribunal Constitucional.

Técnica jurídica

Para Pascual Sala, la solución de esta controversia exige la adopción de medidas legislativas, como el desarrollo del artículo 55.2 de la Constitución. "Son problemas de técnica jurídica que llevarán tiempo suficiente porque no pueden improvisarse, y que excluyen la intervención del poder moderador de la Corona al que no hace referencia la exposición que me han adjuntado".

El presidente del Tribunal Supremo dejó claro que en ningún caso va a elevar al Rey la exposición de la Sala de lo Civil del Supremo. Sala insistió en que el conflicto "tiene que canalizarse a través de la presidencia del Tribunal Supremo". Anunció que hablará "con todos los poderes", entre los que incluyó, además del Gobierno y el Parlamento, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional, dado que todos ellos están implicados en el asunto.

Existe amparo judicial

El desarrollo legislativo de la previsión constitucional de amparo judicial es considerado positivo en fuentes jurídicas, si bien recuerdan que existe en vigor una ley con esa finalidad: la ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona.Esta ley, de 26 de diciembre de 1978, coetánea de la Constitución, extiende su protección a todos los derechos mencionados en el artículo 53.2 de la norma suprema, cuyo desarrollo se pide. Son muchos los procesos que utilizan esta vía judicial rápida de protección de los derechos fundamentales.

Tales fuentes indicaron que la llamada invasión del Constitucional no se produce sólo por falta de una ley de amparo judicial de los derechos fundamentales, sino también por la resistencia a aplicar dicho amparo, en defecto del cual interviene el alto tribunal, como manda la Constitución.

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