Un juez absuelve a un insumiso por estimar que ejerce su "derecho legítimo"
El juez Daniel Bartomeus ha absuelto al insumiso Vicenç Álvarez Blázquez por negarse a hacer el servicio militar y la prestación social sustitutoria por motivos ideológicos. Bartomeus, magistrado del juzgado penal de Manresa, reconoce que quien se niega a hacer la mili objetando cuestión de conciencia "no se sitúa en una ilegalidad más o menos consentida, sino que ejerce un derecho 'legítimo mientras no se demuestre lo contrario".Sobre la negación de Álvarez a realizar la prestación social sustitutoria, el juez considera que "el ciudadano puede verse afectado de la misma objeción ideológica respecto' a las dos prestaciones, militar ordinaria y social sustitutoria".
Álvarez se incorporó al servicio militar en la base militar de San Gregorio, en Zaragoza, en julio de 1988. Durante el periodo de instrucción, se fracturó la clavícula y fue declarado excluido temporal del servicio militar. En una revisión posterior, en marzo de 1990, se le declaró útil para prestar el servicio, y se le convocó en dos ocasiones a que se presentara en los destinos de la Seu d'Urgell y Gavà, en septiembre y noviembre de 1991. Alvarez no se presentó por temor a que se le reprodujeran las lesiones y, según se explica en la sentencia, "por conflicto entre sus ideas pacifistas y la participación personal en una organización militar".
Bartomeus justifica la absolución porque concurre el eximente del estado de necesidad. Según Bartomeus, Álvarez era consciente de que "lesionaba un bien jurídicamente protegido", pero que el perjuicio al interés general causado por su decisión era "prácticamente insignificante y, en todo caso, muy inferior al perjuicio personal que sufriría en caso de incorporarse al servicio".
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