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Confirmada la anulación de las grabaciones hechas a Gorostiza en la cárcel

La Audiencia Nacional desestimó ayer los recursos del fiscal y de la Asociación Víctimas del Terrorismo contra la invalidación de la grabación en la cárcel de conversaciones del abogado de HB Txemi Gorostiza con tres presos acusados de pertenecer al comando Madrid de ETA. La sala razona que la falta de "autorización judicial previa", que reconoce el fiscal, hace incomprensible" su discrepancia con la anulación de las pruebas derivadas de tal grabación.

La resolución confirmada ayer señalaba que la intervención, por parte de la Administración Penitenciaria, de las conversaciones mantenidas el 12 de enero de 1903 en un locutorio de la prisión de Alcalá-Meco (Madrid), entre Gorostiza y los internos Juan Ignacio de Juana Chaos, Esteban Esteban Nieto y José Artola Ibarreche, vulneró derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. El fiscal se basó en las conversaciones entre De Juana Chaos y el letrado Gorostiza para pedir siete años de cárcel para éste, por colaboración con ETA, al transmitir a, los presos etarras mensajes de la dirección de la organización terrorista.En línea con lo afirmado por el ministro del Interior, Antoni Asunción -máximo responsable de la Administración Penitenciaria en el momento de producirse las escuchas anulada-, el fiscal -recurrió la resolución de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en la que se recordaba que Gorostiza se encontraba en libertad y "en plenitud de sus derechos constitucionales", por lo que el secreto de las comunicaciones sólo se le podía restringir "por resolución judicial dictada previamente". El recurso del fiscal reconoce que la grabación fue comunicada a la autoridad judicial 17 días después de hacerse.

La resolución de la Audiencia Nacional notificada ayer razona que si el propio fiscal reconoce que "no hubo autorización judicial previa ni se dió cuenta a la autoridad judicial hasta transcurridos 17 días" y habida cuenta de que el Ministerio Público es "garante del principio de legalidad, resulta incomprensible para la sala", enfatiza, "su discrepancia con la resolución". En cuanto a la alegación de que Gorostiza no es el letrado de De Juana, la Audiencia Nacional recuerda que el 12 de enero de 1993 dicho letrado compareció como abogado en un juicio en el que figuraba acusado, entre otros etarras, De Juana Chaos.

Recurso al Constitucional

En cuanto al recurso de la Asociación Víctimas del Terrorismo, la sala deniega su solicitud de que se suspenda el proceso hasta que el Tribunal Constitucional -al que la asociación recurrirá- resuelva sobre esta cuestión. En consecuencia, el juicio contra Gorostiza, iniciado el 1 de diciembre último y suspendido hasta que la sala resolviera definitivamente sobre la validez de las grabaciones, tendrá que reanudarse en la fecha que de nuevo se fije.

Una de las conversaciones entre Gorostiza y De Juana grabadas hacía referencia a los atentados contra directores de prisiones. Según la grabación anulada por la Audiencia Nacional, Gorostiza dijo: "Estamos aburridos, aburridos. Ya no sabemos lo que hacer, si repetirlo cuatro veces para que cuatro veces lo comprendan, que no vale sólo mandar una cartita que la desactivan en el patio".

El recurso de la Asociación Víctimas del Terrorismo, que ejerce la acción, popular contra Gorostiza, aseguró que las grabaciones anuladas se produjeron cuando el abogado de HB conversaba en prisión con tres terroristas sobre posibles nuevos atentados.

En las argumentaciones del recurso, se advertía sobre la necesidad de evitar "un gravísimo atentado contra la sociedad, ya que el auto de la Audiencia Nacional quita el derecho a defenderse contra los terroristas". La Audiencia Nacional contestó ayer que en la resolución impugnada ha salvaguardado "todos los principios jurídicos, al margen de los sentimientos sociales alegados".

El abogado de la Asociación Víctimas del Terrorismo, Pedro Cerracín, aseguró ayer a Europa Press que la ley General Penitenciaria autoriza a los directores de las prisiones a realizar ese tipo de grabaciones. En sintonía con los criterios de esta asociación, Asunción declaró a la SER, poco después de conocerse la decisión de la Audiencia Nacional impugnada después y confirmada ayer, que resoluciones como esa pueden conducir a una "total impunidad". Aseguró que el director de prisiones que ordenó la grabación "puede hacerlo" sin incurrir en ilegalidad, y opinó que, si no pidió autorización judicial fue, "tal vez, porque no tuvo tiempo suficiente".

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