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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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El sentido de la investidura

LA FINALIDAD de todo proceso electoral es obtener un "mandato" de los ciudadanos a partir del cual articular un programa de dirección del Estado. La democracia no es solamente esto, pero sí es "básicamente" esto. Reconducir la manifestación de voluntad del Estado a lo que la sociedad quiere que sea dicha manifestación de voluntad constituye la esencia de toda democracia digna de tal nombre.La identificación del mandato del cuerpo electoral constituye, pues, la primera tarea a la que han de aplicarse los partidos inmediatamente después de conocerse los resultados. De que acierten o no en dicha tarea va a depender en buena medida que la acción política esté legitimada y sea por tanto eficaz o lo contrario.

A veces la operación es muy fácil. Pero a veces no lo es, debiendo ponerse en marcha un notable esfuerzo de interpretación, para averiguar qué es lo que ha querido decir el electorado al votar una determinada composición del Parlamento para la próxima legislatura.

Pero sea fácil o difícil la incógnita tiene que ser despejada. Si no es así, tendremos una política "arbitrista", más o menos "ilustrada" o "tosca", pero carente de legitimidad social que es lo único que hace que un sistema democrático funcione. Los ciudadanos han votado partidos con sus correspondientes líderes y programas. Y la síntesis política que ha de presidir la acción de gobierno tiene que hacerse a partir de tales partidos, líderes y programas. Y tiene que ser, además, la síntesis "querida" por la sociedad y no otra. No hay mayor peligro para un sistema democrático que la "tentación elitista". Aquí es donde un país se la juega.

Ahora bien, ¿cuál es la síntesis querida por la sociedad española el 6-J?, ¿cuál es el mandato del cuerpo electoral para la próxima legislatura?

Desde un punto de vista negativo la respuesta es clara. Los ciudadanos no, quieren la continuidad del gobierno del PSOE en solitario. Después de tres mayorías absolutas y gobierno monocolores, una votación como la del 6-J no puede tener otra interpretación que la de que la sociedad española no quiere que esa fórmula se repita en los próximos años. En esto creo que es en casi lo único que han coincidido todos los análisis. El PSOE debe formar gobierno, pero no debe hacerlo en solitario. El mandato es, pues, un mandato para pactar un programa de gobierno y, si es posible, un gobierno de coalición.

Desde un punto de vista positivo, la cuestión no está nada clara, habiéndose avanzado con más o menos convicción las tres fórmulas posibles: primera, la "gran coalición" PSOE-PP, defendida por Marín Villa hace unos meses y propugnada también indirectamente por la CEOE, al solicitar un "pacto político" entre "todos" los partidos previo, al "pacto social"; segunda, el "gobierno de izquierda" con el PSOE e IU, y tercera, el "gobierno de cohesión política" de España con la incorporación de los nacionalistas vascos y catalanes a la dirección del Estado.

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Es tanto lo que se ha escrito a lo largo de estas últimas semanas sobre estas cuestiones, que estoy seguro que el lector está suficientemente informado y no sólo no necesita sino que agradecerá que no se le dé ninguna opinión adicional.

Y, sin embargo, hay un punto íntimamente relacionado con éste sobre el que no se ha escrito absolutamente nada y que es de una importancia capital para que la operación de identificar el mandato del cuerpo electoral pueda hacerse de manera adecuada y por tanto eficaz. Me refiero a la investidura del presidente del Gobierno. La investidura no es un acto de trámite que simplemente marca el comienzo propiamente dicho de la legislatura. La investidura es un momento capital del que depende en un porcentaje difícilmente cuantificable, pero en todo caso no inferior al 50%, el éxito o fracaso de la legislatura. Una legislatura que empieza bien puede torcerse. Pero una legislatura que empieza mal seguro que no se endereza.

Y es así, porqué no puede ser de otra manera. La investidura es el momento en el que el candidato a presidente expone a la Cámara y al país cuál es el programa de gobierno que se va a poner en práctica a lo largo de toda la legislatura no sólo en función del apoyo que ha tenido el programa con que ha concurrido a las elecciones, sino también en función del apoyo que han tenido los programas de los demás partidos. En la campaña electoral el futuro presidente del Gobierno es un candidato de partido que defiende únicamente su programa con la finalidad de obtener la. mayoría más amplia posible. Tiras la votación hay una decisión irrevocable que condiciona la actuación de todos los partidos y de sus líderes. Todos han de "actualizar" sus programas a la luz de la decisión del cuerpo electoral, ya que, como recordaba Herrero de Miñón en una de sus crónicas de campaña, los ciudadanos no sólo votan un determinado tipo de gobierno sino también un determinado tipo de oposición.

Cuando la decisión del cuerpo electoral ha sido además "tan matizada" como la del 6-J, la "actualización" del programa de gobierno no es sólo una "opción" más o menos discrecional para el candidato a presidente, sino que es una "obligación" de inexcusable cumplimiento, ya que el mandato de los ciudadanos no es que aplique su programa, sino que "pacte el programa" de dirección del Estado con otras fuerzas políticas. La investidura se convierte de esta manera no en el "acto simple" en el que el candidato se presenta ante la Cámara a solicitar la confianza para poner en práctica el programa de "su" partido, sino que pasa a ser el "acto complejo", en el que el candidato solicita la, confianza en base a un programa "nuevo", que no ha sido votado en cuanto tal por el electorado, pero que se entiende que es el que realmente han querido los ciudadanos al votar como han votado.

Este proceso de "concreción" del programa de gobierno es indispensable para que la Cámara sepa qué es lo que va a votar y para que el país sepa a qué atenerse. Sin ese proceso de "clarificación programática" la investidura pierde todo sentido, limitándose a ser un acto mecánico en el que cada uno recuenta los votos que tiene.

Me parece que esto es esencial y que es algo que se está perdiendo de vista. Las fechas que se están barajando para la investidura son incompatibles con el trabajo que hay que hacer para que ésta pueda realizarse como es debido.

Tales fechas sólo podrían mantenerse si la confianza entre el PSOE y los partidos nacionalistas vasco y catalán, que parece ser la opción del previsible candidato a presidente, fuera tal que pudiera constituirse un gobierno de coalición y se dejara para más adelante la concreción del programa detallado de gobierno.

Pero como no es ése el caso y es, además, lógico que así sea ya que se trata de una operación "histórica" de -un calado extraordinario, hay que pactar previamente el programa, levantar acta de acuerdos y desacuerdos e intentar llegar a una síntesis. únicamente llegados a este punto se podrá saber si hay además o no gobierno de coalición y se podrá solicitar la confianza de la Cámara.

Afortunadamente esta solución "cabe" dentro de la Constitución. Nada hay en el artículo 99 de la Constitución española que impida al candidato a presidente del Gobierno informar al Rey de que sólo solicitará la confianza de la Cámara cuando pueda dar cumplimiento a lo que él entiende que ha sido el mandato de los electores y cuando, en consecuencia, pueda formar un gobierno que esté en condiciones de hacer frente a los problemas del país. Hay un límite de dos meses. Pero hay dos meses.

Obviamente, ante una información de este tipo, el Rey puede optar por buscar alguna otra fórmula, si cree qué existe, y, proponer otro candidato. Pero con la composición del Congreso de los Diputados es una hipótesis puramente teórica.

Con los resultados del 64 el PSOE tiene que formar gobierno, pero tiene que formarlo con un programa pactado en todo caso y con un gobierno de coalición si es posible. Esta parece ser la única forma de dar cumplimiento a la voluntad del cuerpo electoral. Para ello hace falta tiempo. Tiempo del que constitucionalmente se dispone. No es necesario que la respuesta sea inmediata, sino que debe darse tras un periodo de reflexión y de negociación. Creo que el no haber entendido cuál es el marco constitucional de que se dispone, ha crispado el ambiente de manera innecesaria, como la intervención de Jordi Pujol tras su segunda entrevista con Felipe González puso de manifiesto.

Ahora mismo, no es el momento de presentarse ante la Cámara para solicitar la confianza de ésta. Es el momento de pactar con sosiego con los nacionalistas vascos y catalanes un programa de gobierno para los próximos cuatro años. Si hay acuerdo, después se verá si hay además gobierno de coalición o no. Si no hay acuerdo, habrá que explicarle al país por qué no lo ha habido. Pero las posibilidades de llegar a un acuerdo programático hay que apurarlas hasta el límite. Hasta que no se llegue a ese momento no se podrá decidir de manera solvente qué es lo más conveniente para la gobernación del país: si un gobierno monocolor del PSOE o la disolución de las Cámaras.

Javier Pérez Royo es catedrático de Derecho Constitucional de la universidad de Sevilla.

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