_
_
_
_
LA NUEVA LEGISLATURA

La ausencia para votar no es absentismo

La ausencia del trabajo para votar en las elecciones políticas no es absentismo laboral. El Tribunal Constitucional ha anulado sendas sentencias del juzgado de lo social de Ávila y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en las que estos tribunales consideraban legal computar como absentismo laboral el tiempo utilizado por los trabajadores para votar en las elecciones, políticas. El sindicato del metal de Comisiones Obreras había presentado un recurso para que el tiempo empleado en cualquier participación electoral no se incluyera dentro del programa de reducción del absentismo de la fábrica de Nissan Motor Ibérica en Ávila. En la sentencia del Constitucional, sin embargo, se dictamina que las elecciones sindicales no pueden considerarse a estos efectos como las políticas.-

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_