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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Jueces y ciudadanos

LOS JUECES hablan principalmente a través de los autos y las sentencias por ellos dictados. De forma que resulta dificil, y sería imprudente, establecer conclusiones apresuradas sobre la calidad de su actuación en un caso concreto, especialmente si el sumario en cuestión no está concluido. Sin embargo, hay actuaciones que suscitan sorpresa procesal. Esto es lo que ocurre con la primera fase instructora del caso del presunto fraude fiscal que por un montante de 1.500 millones de pesetas se está investigando en Barcelona.En pocas horas, el juez Lluís Pascual Estevill dictó, entre otras, una orden de detención contra la persona más significativa de las incluidas en el sumario - el empresario José Felipe Bertrán de Caralt-; seguida, ante su insólita incomparecencia, de una orden de inmediato ingreso en prisión; y, tras una rápida conversación con el industrial, de su libertad sin fianza. Pascual Estevill, antiguo abogado promovido a juez por el cuarto turno, ha cosechado en los últimos tiempos una aureola de rapidez ejecutiva por sus intervenciones contundentes en la mayoría de los casos económicos surgidos últimamente en la capital catalana, cuya instrucción ha recaído sobre sus espaldas prácticamente en solitario: Macosa, BFP-Planasdemunt, Grupo Cor y Prenafeta, caso este último que decidió archivar.

Por esa experiencia resulta difícil de entender, de momento, la aparentemente contradictoria secuencia de las medidas tomadas en el último asunto: si los indicios recopilados conducían a dictar sendas órdenes de detención y de ingreso en prisión, ¿cómo se entiende una puesta en libertad casi automática? Y, a la inversa: ¿qué clase de indicios se habían reunido si una conversación de dos horas bastó para despejarlos casi en su totalidad? Los jueces de lo penal deben servir al orden legal y perseguir su incumplimiento, pero deben hacerlo extremando el garantismo hacia los derechos individuales en el que se funda ese mismo ordenamiento, y más en un país en que muchos confunden querella con condena y proceso con sentencia, añadiendo castigo social a las medidas cautelares adoptadas.

El poder económico y la influencia social que conlleva la función del empresariado son características de ida y vuelta. Constituyen ventajas cuando el viento sopla a favor. Y suponen inconvenientes -el coste de la notoriedad negativa- cuando va en contra. Ello está en la lógica de las cosas. Pero cualquier actuación o interpretación que fuerce esa lógica hasta el extremo, la rompe, sea para convertir la obra bien hecha en heroicidad, o para trocar la investigación de irregularidades en villanía cierta. Por eso es importante que las próximas actuaciones del juez del caso despejen la incógnita que suscita el asunto que comentamos.

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