Barbero sospecha que el PSOE oculta datos relevantes y practica otro registro en su sede
El juez instructor del caso Filesa, Marino Barbero, ordenó ayer al secretario judicial que registrara de nuevo la sede del PSOE de la calle de Ferraz de Madrid ante las sospechas de que los socialistas podrían estar haciendo una selección de su contabilidad para ocultar la que searelevante para el caso. Barbero ordenó el registro tras recibir un segundo pronunciamiento del Tribunal Supremo que avala el ultimátum dado al PSOE antes del primer registro de su sede, en noviembre. El nuevo registro se verificó al cumplirse un mes del anterior, coincidiendo con la admisión, por parte del presidente del Gobierno, del descenso de credibilidad de su partido y con la primera sentencia que condena a Juan Guerra. La comisión judicial no quiso llevarse algunos documentos que se hallaban en el despacho de Guillermo Galeote, al gozar éste de inmunidad e inviolabilidad por su condición de diputado.
Según el auto en que se fundamenta el registro, la dilación en la entrega de la documentación contable "permite abrigar la sospecha de que se está procediendo a su estudio selectivo para omitir aquella que puede ser relevante para la causa, con el grave riesgo de que se omita material de interés decisivo para la investigación".El pasado 11 de diciembre, el juez Barbero requirió por cuarta vez, a la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, una serie de documentos contables entre los que destacan los diarios de caja del partido. Al tratarse, según el PSOE, de una documentación especialmente "abundante y profija", el partido pidió que se le diese de plazo, en vez de hasta el día 15, hasta el día 22. Barbero rechazó la solicitud, presentada, según él fuera de plazo, y les envió ayer al secretario al frente de la habitual comisión judicial.
Un calco del anterior
El registro fue un calco perfecto del efectuado hace un mes. Entonces, Marino Barbero esperó a conocer la decisión del Supremo sobre la queja del fiscal y con el respaldo del alto tribunal, envió al secretario a Ferraz. Ayer, antes de conocerse los nuevos pronuciamientos, cinco policías judiciales aguardaban ya junto a la Sala Segunda del Supremo. Tras conocerse la nueva resolución del alto tribunal, que desestima dos recursos del ministerio fiscal, la comitiva, integrada por el secretario Ricardo Rodríguez, dos inspectoras de Hacienda encargadas de los peritajes y los cinco policías judiciales, partió hacia Ferraz.
Sobre la una de la tarde el secretario judicial llegó a la sede del PSOE. La comisión judicial abandonó las dependencias socialistas poco después de las seis de la tarde. El registro estuvo amparado por una nueva declaración de secreto sumarial para todas las partes, excepto el ministerio fiscal, decretada sólo para el tiempo que duró la práctica del registro. No obstante, decenas de periodistas, fotógrafos y cámaras de televisión hacían guardia en la tarde de ayer dentro y fuera de la sede del PSOE, mientras el secretario judicial efectuaba el registro.
Previamente al registro de Ferraz, el Supremo reiteró la competencia de Marino Barbero para exigir al PSOE que le remitiera sus libros de contabilidad, y aplazó su pronunciamiento sobre la nulidad del registro al Banco de España "por no ser el momento procesal oportuno". Al igual que en la anterior ocasión, el magistrado José Augusto de Vega disiente de la opinión del presidente de la Sala, Enrique Ruiz Vadillo y del magistrado Luis Román.
Respecto al ultimátum al PSOE, el Supremo establece que en el período de investigación, el instructor ha de tener "con los adecuados temperamentos, una cierta libertad de actuación, dentro siempre de la prudencia propia del quehacer judicial, para buscar el hecho y los partícipes".
Banco de España
En cuanto al recurso del fiscal del Estado contra el registro del Banco de España, el Supremo, al igual que en el caso Naseiro, señala que el momento procesal para la declaración de nulidad de una prueba ha de ser el comienzo del juicio oral.
Así, el Supremo, sin entrar en el fondo del asunto, difiere la resolución sobre una eventual nulidad en la entrada y registro del Banco de España a esa especie de "audiencia preliminar" que tiene lugar al comienzo del juicio oral. En ese momento, todas las partes pueden proponer lo que estimen oportuno sobre vulneración de derechos fundamentales. En el caso Naseiro, la declaración de nulidad de pruebas se verificó dos años después de solicitada.
El magistrado José Augusto de Vega, por el contrario, entiende en su voto disidente que el Tribunal Supremo debe de pronunciarse, o alertar sobre el riesgo de inconstitucionalidad, "en cada ocasión" en la que jurisdiccionalmente haya de conocer de los hechos investigados. De Vega, que se muestra de acuerdo con la desestimación de ambos recursos del fiscal, es el único magistrado que, por escrito, pone "serias objeciones a la forma y manera con que se lleva la instrucción".
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