Vanos propósitos
SE VAN a cumplir tres meses de retraso en la renovación de los cinco magistrados del Tribunal Constitucional (TC), entre ellos su presidente, que concluyeron su mandato el 22 de febrero pasado, y los grupos parlamentarios ni dan muestras de querer terminar con esta situación anómala, ni, lo que es más grave, tienen conciencia de estar conculcando ningún mandato constitucional. Y ello a pesar de que el presidente del TC, Francisco Tomás y Valiente, haya señalado de forma reiterada el riesgo de deterioro institucional que tal demora comporta. El que su advertencia sea desoída no puede sino restar credibilidad a los propósitos reformistas, por demás vaporosos, que a veces barajan los grupos políticos como remedio para revitalizar las instituciones y poner freno al creciente abstencionismo político de muchos ciudadanos.Recientemente se han apuntado en relación con dicho objetivo determinadas modificaciones legales: reforma del sistema electoral para dar mayor autenticidad a los mecanismos de representación; reforma del reglamento del Congreso para sincronizar lo más posible la actividad parlamentaria con el ritmo de la calle; reforma, finalmente, de la financiación de los partidos políticos para hacerlos más transparentes y evitar los casos de corrupción que tanto desprestigio causan al sistema político.
La cuestión es cómo confiar en los efectos beneficiosos de tales reformas si ello depende de quienes incumplen las normas vigentes en un aspecto tan sensible como es el del respeto de los plazos y criterios establecidos para la renovación de las instituciones. Con estos antecedentes, la sospecha de que hecha la ley hecha la trampa no hace sino reforzarse en el caso de estas hipotéticas reformas.
Algún responsable político ha pretendido dar por bueno el incumpliento en la renovación del TC si ello sirve para que los partidos políticos renuncien, de una vez por todas, al sistema de cuotas de reparto en la designación de los candidatos. Pero no parece que el retraso se deba a ningún propósito de enmienda de los grupos parlamentarios, y muy principalmente del socialista y del popular, de atenerse a los criterios constitucionales que deben presidir la elección por mayoría de tres quintos -210 parlamentarios- de los nuevos magistrados. Antes al contrario, más que la búsqueda de "juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional", lo que parece centrar el interés de socialistas y populares -y de ahí la dificultad, una vez más, de alcanzar el consenso exigido- es el desgaste político del contrario, aunque sea a costa del deterioro del alto tribunal.
Decisiones recientes, tanto en el ámbito del Gobierno como de la oposición conservadora, muestran que siguen primando criterios dificilmente compatibles con los exigidos por la ley en la elección de los cargos institucionales. La exigencia de 15 años de ejercicio en la profesión de jurista es contabilizada, a partir de la obtención del título de licenciado en Derecho, cuando los propios colegios de abogados, de forma más coherente, consideran como no ejercientes a quienes sólo disponen de dicho título. Ello explica que haya podido nombrarse fiscal general del Estado a un magistrado que ha ejercido más tiempo como gobernador civil que como juez, y que algunos vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tengan como único título de juristas de reconocida competencia el que obtuvieron al finalizar sus estudios en la Facultad de Derecho. Claro que ha llegado a afirmarse que este requisito se cumple en la decisión misma de nombrarles para el cargo.
Pero en el vaciamiento de los requisitos legales, e incluso de la racionalidad en la designación de candidatos a cargos institucionales, nadie ha llegado tan lejos como la derecha judicial en el seno del CGPJ al defender criterios puramente corporativos y de antigüedad -una guinda honorífica al término de la carrera profesional- en el reciente nombramiento de presidente de tres audiencias provinciales. Hay razones para preguntarse qué tipo de alternativa ofrece el Partido Popular en la designación de los cargos de las instituciones del Estado si sus vocales en el Consejo General del Poder Judicial se aferran a criterios tan obsoletos e ineficientes para la marcha de cualquier organización.
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