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El cobro de multas, paralizado

La práctica de la Dirección General de Tráfico (DGT) y de algunos ayuntamientos de embargar las cuentas y las nóminas de los conductores con multas de circulación pendientes de pago deberá cesar a causa de la decisión del Tribunal Supremo, ya que el Reglamento General de Recaudación de 1990 no establece procedimientos diferentes entre el cobro de tributos y sanciones. Es más, equipara ambos tipos de deuda.Ayer mismo, el Ayuntamiento de Barcelona anunció que dejará de embargar las cuentas corrientes de los conductores morosos como primera consecuencia de la suspensión decretada por el Supremo, según señaló el concejal de Hacienda, Joaquim de Nadal. Según fuentes del Ayuntamiento de Barcelona, de los 1.500 avisos de embargo que ha cursado esta administración desde octubre, mes en que inició el procedimiento, sólo se han ejecutado 50.

La DGT aplica desde hace más de dos años el embargo de cuentas corrientes o el descuento en las devoluciones del IRPF para cobrar las multas de Tráfico impagadas.

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