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Amedo ha salido de la cárcel siete veces en los últimos cuatro meses para ir al médico

El subcomisario José Amedo, condenado como inductor de los GAL (Grupos Antiterroristas de Liberación), goza de un peculiar régimen carcelario. En los últimos cuatro meses ha disfrutado de siete permisos de salida de la prisión de Guadalajara -donde se encuentra ingresado- por razones médicas. Los letrados de la acusación no objetan esta liberalidad, pero han informado a los colegios de abogados para que todos los reclusos puedan exigir el mismo trato.

La celeridad de algunas autorizaciones, ni siquiera comunicadas previamente a los letrados de la acusación, ha suscitado protestas ante los jueces y ha dado lugar a un combate argumental cargado de ironías. Los acusadores llegaron a manifestar el 13 de febrero pasado, en un escrito a la Audiencia Nacional, que no se oponían a una salida de Amedo siempre "que antes se haya producido el reingreso del procesado en prisión", circunstancia que no constaba en la documentación de la causa.Las salidas se inician oficialmente el 15 de diciembre de 1991, hacia la consulta madrileña de Mariano Cardiel, un médico estomatólogo y sofrólogo. La justificación era una carta de Cardiel, en papel con membrete de su consulta, donde se describía el estado de la dentadura del penado. La última conocida se produce el 25 de febrero para una revisión posoperatoria tras la intervención quirúrgica de vértebras practicada a Amedo el 31 de enero en la clínica Puerta de Hierro por el doctor Gonzalo Bravo. En medio hay otras cuatro salidas para revisiones y análisis.

Pero Amedo ya había abandonado la prisión antes del 15 de diciembre, aunque la acusación no lo supo hasta meses después. El estomatólogo y sofrólogo advertía en su carta que la situación bucal "puede repercutir" en las vértebras cervicales del paciente. El 23 de noviembre, Amedo había sido trasladado al Hospital General de Guadalajara aquejado de dolores y mareos.

"Anomalías bucales"

La defensa de Amedo, en su solicitud del permiso, consideraba que el preso presentaba "importantes anomalías bucales" mientras para el letrado de la acción popular José Luis Galán se trató de una limpieza a fondo de la boca, justificada, entre otras razones, por acumulación de sarro. "Si a la población reclusa de Madrid, que tiene la dentadura en muy mal estado, se le permitiera salir a su dentista particular", apunta José Luis Galán, "se colapsaría de ambulancias y vehículos de custodia el distrito de Carabanchel".La salida del 23 de noviembre no fue conocida por las acusaciones hasta el 21 de enero siguiente, al aparecer de pasada en un auto de la sala. El auto daba cuenta de otra salida, el 18 de enero, para una resonancia magnética en el centro radiológico Clinsa, de Madrid. En ninguno de los dos casos la parte acusadora pudo realizar alegaciones.

Los letrados se dirigieron a la sala para señalar que celebraban "los nuevos criterios penitenciarios y judiciales extraordinariamente permisivos que parecen beneficiar, por fin, a todos los reclusos" españoles. "No queremos pensar que pudiera tratarse de privilegios por razón de personas" añadían los abogados.

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Responsabilidad civil

Para las acusaciones, un buen ejemplo de los criterios de "urgencia" aceptados en esta causa es una operación en la nariz de Michel Domínguez, el otro policía condenado en esta causa. Michel Domínguez consiguió el permiso alegando vegetaciones y fuertes molestias, mientras los letrados temían una simple cirugía estética para dificultar una identificación en el juicio. La sala ordenó fotografiar el rostro para prevenir un cambio de aspecto. Pero el médico encargado de la intervención se negó a practicarla a finales de mayo de 1990 al trascender su nombre.[El ministro de Justicia, Tomás de la Quadra, dijo ayer que el Gobierno acata la sentencia del Tribunal Supremo sobre el denominado caso GAL, y aseguró que si hay alguna petición de indulto para José Amedo y Michel Domínguez "ya se verá y se le dará el trámite que corresponde". Quadra Salcedo, informa Efe, hizo estas declaraciones en los pasillos del Senado, donde insistió en que no tenía muchas valoraciones que realizar ante la citada sentencia, que declara al Estado responsable civil subsidiario para pagar las indemnizaciones a las víctimas de las acciones de los GAL.

El titular de Justicia recordó que la sentencia dice claramente que la declaración de responsabilidad civil del Estado es consecuencia de unas consideraciones técnicas y no se debe a que las personas implicadas cumplieran órdenes de la superioridad en lo relacionado con sus hechos delictivos].

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