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El futuro Código Penal veta el acceso de los insumisos a los empleos públicos por un periodo de entre seis y diez años

Miguel González

El anteproyecto de nuevo Código Penal, remitido por el Gobierno al Consejo General del Poder Judicial, prevé la inhabilitación de los insumisos -los jóvenes que se niegan a cumplir el servicio militar o la prestación sustitutoria- para el acceso a la función pública por un periodo que va desde un mínimo de seis a un máximo de diez años. De esta forma se vuelve a plantear un tema que Defensa introdujo en el proyecto de ley del Servicio Militar y que, tras varias matizaciones, fue finalmente suprimido en el Senado para propiciar el acuerdo con el Grupo Catalán.En el borrador de la ley de la mili se decía que para poder ingresar en las administraciones públicas o para licitar en concursos públicos sería preciso haber cumplido el servicio militar o la prestación sustitutoria o bien certificar que se está exento de ambos. En el texto remitido por el Gobierno al Congreso se suavizó esta redacción, en el sentido de que quienes cumplieran los citados requisitos tendrían preferencia sobre los demás para trabajar en la Administración, pero incluso esta fórmula acabó siendo suprimida para propiciar el pacto con Convergéncia i Unió.

Sin embargo, el Gobierno no ha renunciado a penalizar a los insumisos con la inhabilitación para obtener empleos públicos, como prueba la inclusión de esta pena accesoria en el nuevo Código Penal, que castiga a quienes se nieguen a hacer la mili o el servicio civil con un mínimo de más de dos y un máximo de tres años de cárcel. La ley del servicio militar preveía una pena de dos años y cuatro meses a seis años para los insumisos, por lo que aparentemente se produciría una atenuación del castigo.

Sin embargo, todas las sentencias contra los insumisos vienen castigándoles a la condena mínima, dos años y cuatro meses, por lo que la reducción de la pena máxima no tendrá efectos prácticos. Sí lo tiene, en cambio, el hecho de mantener la pena mínima por encima de los dos años, ya que ello supone que los insumisos no podrán beneficiarse de penas sustitutivas del ingreso en prisión, como los arrestos de fin de semana o la suspensión condicional de la condena.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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