_
_
_
_
MADRID EN CONFLICTO

Leyes que no se cumplen

"Las huelgas de la EMT y el Metro vulneran el derecho". Con esa afirmación, el presidente de la patronal CEOE, José María Cuevas, llegaba ayer al fondo del debate sobre la conflictividad laboral que vive Madrid. Cuevas reconocía de manera explícita, ante un foro empresarial, que de nada sirve plantear una ley de huelga si se incumple de la misma manera que las normas en vigor. Los trabajadores, por no respetar los servicios mínimos o los preavisos. Los gestores de las empresas, porque no aplican las sanciones previstas cuando se vulneran las normas.Es un criterio compartido por los máximos dirigentes de los sindicatos mayoritarios, UGT y CC OO, quienes consideran que no urge una nueva regulación.

Más información
Guía de manifestantes
El "cabreo" vecinal saldrá a la calle si se alargan los paros
Las mensajerías, una alternativa al agobio del transporte
12 horas de atasco en la M-30 por un camión 'basculante'
Huelgas y protestas acechan hoy a los coches

Los conflictos laborales se rigen por un decreto-ley de 4 de marzo de 1977, que el Tribunal Constitucional declaró ajustado a la Carta Magna en una sentencia del 8 de abril de 1981. Con ese fallo respondía al recurso "promovido por don Nicolás Redondo Urbieta y 51 diputados más" del PSOE, y rectificaba algunos puntos del citado decreto para respetar la Constitución.

Los dos textos contienen todos los extremos para convocar una huelga, para realizarla y para respetar los derechos de huelguistas y ciudadanos. El contenido es tan completo que fue casi calcado en el primer borrador de ley de huelga hecho por el Ministerio de Trabajo en la época de Joaquín Almunia.

El modelo italiano

Desde entonces -1983-, los sucesivos ministros han empezado otros textos muy similares, pero ninguno prosperó. El actual, Luis Martínez Noval, responde cada vez que se le pregunta que en Italia ha costado casi 40 años aprobar una ley de huelga.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Su intención, y la del Gobierno, es seguir el modelo italiano. La normativa de ese país tiene un doble contenido. Por un lado, la autorregulacióh de la huelga mediante la negociación colectiva -los convenios-, en la que se prevén los servicios mínimos y esenciales cuando se trata de servicios públicos o instalaciones que obligan a su mantenimiento. Por otro lado, una ley obliga a todos, incluidos los cobas (comités de base) que no hayan pactado la autorregulación.

Los sindicatos mayoritarios españoles están elaborando su propia alternativa de autorregulación y ayer los dirigentes Apolinar Rodríguez (UGT) y Agustín Moreno (CC OO) reiteraban su rechazo a la simultaneidad de huelgas en aquellas convocatorias en las que están presentes sus organizaciones. Por ello, y ante la coincidencia de los paros en el Metro y en Renfe, previstos para el 27 de febrero, están haciendo gestiones para desconvocar o retrasar uno de esos conflictos.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_