Hacienda modifica el IRPF de 400.000 pequeños empresarios para que paguen según sus ingresos
Unos 400.000 pequeños empresarios propietarios de bares, comercios al por menor, farmacias y taxis deberán calcular el rendimiento anual de su negocio para pagar el IRPF por un nuevo sistema de estimación objetiva. El nuevo sistema tiene dos características básicas: la sencillez de su cálculo y que, salvo raras excepciones, arroja una renta y una obligación de pago de impuestos muy superior a lo que .ahora declaran estos empresarios. Las fórmulas matemáticas para calcular los rendimientos están recogidas en un proyecto de orden ministerial que Hacienda remitió ayer a la CEOE, las cámaras de comercio y los colegios de economistas y abogados.
Los propietarios de bares, pequeños comercios de alimentación, taxis y farmacias no tendrán que llevar ninguno de los actuales registros de su volumen de ventas, para pagar ni el impuesto sobre la renta (IRPF) ni el IVA. El nuevo sistema de estimación objetiva para el IRPF y el régimen especial simplificado del IVA calculará el rendimiento de su negocio por indicadores indirectos que, en resumen, son los siguientes.Bares y restaurantes. El rendimiento se calculará según sea el número de personas empleadas, el consumo de energía eléctrica, el número de mesas y si tiene o no máquinas recreativas.
Cafeterías y bares especiales. En lugar del número de mesas se tendrá en cuenta el número de metros cuadrados del negocio.
Taxis. La renta anual del propietario se calculará por el número de personas empleadas en el taxi (o taxis) y los kilómetros recorridos por el vehículo durante el año.
Comercios al por menor. Lo importante para calcular la renta será -además del número de personas empleadas- el número de metros cuadrados del local o locales destinados a esa actividad.
40 Carnicerías y pescaderías.
También computará para el cálculo de su renta anual el consumo de energía eléctrica en las cámaras frigoríficas que tenga el negocio.
Farmacias. Los propietarios deberán calcular su renta teniendo en cuenta el número dé personas empleadas, la superficie del local y las ventas con recetas de la Seguridad Social y otras instituciones de previsión social como Muface, Isfas o Mujejo.
Los pequeños empresarios que ahora realicen la declaración del IRPF y el IVA con el régimen simplificado deberán acogerse a este nuevo sistema salvo que, antes del 1 de abril, notifiquen a Hacienda que prefieren la Estimación Directa. Y a la inversa; quienes prefieran el nuevo sistema al que siguen en la actualidad deberán comunicarlo, a Hacienda.
Según fuentes de Hacienda, el nuevo sistema de estimación objetiva para el IRPF unido al régimen simplificado del IVA es ventajoso para los pequeños empresarios que facturen menos de 50 millones de pesetas anuales. Con todo, este nuevo método ampliará considerablemente el rendimiento de estas actividades empresariales y, por tanto, su deuda con el fisco.
Información exhaustiva
Para definir estas formulas, la Inspección de Hacienda ha recabado durante los últimos una información exhaustiva de 7.000 empresarios de estos trece sectores de actividad para saber cuáles son, en la realidad, sus rentas.Como ejemplo, el colectivo de propietarios de taxis declararon en el IRPF de 1988 una renta media de 400.000 pesetas anuales, es decir, tres veces más baja del salario que (también por término medio) aseguraban pagar a sus empleados. Con el nuevo método, un taxista con un empleado y que realice 50.000 kilómetros anuales con su vehículo tendrá una renta estimada de 1.672.000 pesetas. Si no tiene empleados pero recorre 100,000 kilómetros cada año, su renta estimada será de 1.946.000 pesetas.
La Orden Ministerial que se aprobará a finales de este mes recoge también una serie de correcciones a la baja para los negocios más pequeños tanto en la hostelería como en el comercio de alimentación al por menor.
Esas correciones se aplicarán cuando el pequeño empresario no tenga empleados, es decir, lleve el negocio sólo con la ayuda de su conyuge y de sus hijos menores y ninguno de ellos esté dado de alta en la seguridad social como asalariado del negocio. En este caso, se aplicará un descuento del 20% a la renta que resulte de aplicar la fórmula matemática al negocio concreto. Tal descuento será del 25% si, además, el negocio está ubicado en un municipio de menos de 2.000 habitantes.
A cambio, cuando estos negocios den un volumen de ventas superior a un determinado límite -que va desde los 2,2 millones para minoristas de alimentación hasta siete millones para restaurantes de dos tenedores- se aplicará una corrección al alza, pues se considerará que son "negocios de alta productividad.
Los pequeños empresarios que se acojan a este sistema deberán ingresar cada trimestre en Hacienda un 5% de la renta resultante en concepto de pago fraccionado. Ese porcentaje, además, será sólo del 2,5% cuando el empresario no tenga empleados a su cargo.
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