La fiscalía cree inconstitucional el interés de demora que cobra Hacienda
La Fiscalía de Barcelona ha realizado un informe en el que considera inconstitucional el artículo 61.2 de la Ley General Tributaria. La Fiscalía sostiene que no se puede aceptar que Hacienda cobre un interés de demora superior al que paga.Según el informe, presentado por el fiscal Pedro Campoy y divulgado ayer por la emisora institucional Catalunya Ràdio y la televisión autonómica TV-3, Hacienda aplica un 10% a los contribuyentes en concepto de intereses de demora y, en cambio, cuando es la Administración la que debe dinero a los ciudadanos tan sólo aplica los intereses legales, que suelen ser inferiores.
Este informe ha sido presentado por la fiscalía de Barcelona ante un recurso contencioso-administrativo interpuesto en 1988 por los abogados de la empresa Sucesores de Felipe Rey SA, por no estar de acuerdo con los intereses de demora que les solicitaba Hacienda en materia del ingreso fuera de plazo por las retenciones del IPRF.
La sala quinta del Tribunal Superior deberá ser quien decida si plantea el recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 61.2 de la Ley General Tributaría. En estos casos, las cuotas aplazadas devengarán intereses de demora, y deberán garantizarse debidamente.
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