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El Gobierno pretende abaratar los alquileres con un trato fiscal favorable a las sociedades de inversión inmobiliaria

El Gobierno aprobará, en un próximo Consejo de Ministros, la ley que permite crear sociedades y fondos de inversión inmobiliaria. Estas instituciones de inversión colectiva han tenido un gran auge en países como Francia, Alemania o Suiza tanto por la rentabilidad que ofrecen a los ahorradores como por su impacto en la política de vivienda. Su creación en España tendrá una característica básica: Economía pretende con esta ley que se abaraten los alquileres de vivienda gracias a un tratamiento fiscal especialmente favorable.

Dos son los objetivos del anteproyecto de ley sobre sociedades y fondos de inversión inmobiliaria que ha elaborado la Secretaría de Estado de Economía y que se tramitará en el Parlamento por el procedimiento de urgencia. El primero es el desarrollo de la nueva política de vivienda a la que se comprometió Felipe González en mayo. El segundo es el fomento del ahorro familiar con la creación de nuevos instrumentos de inversión colectiva que han tenido un espectacular éxito en otros países europeos.Ambos se apoyan en unas favorables condiciones fiscales. El anteproyecto prevé un trato fiscal especialmente ventajoso para las sociedades y fondos de inversión inmobiliaria "cuyo objeto exclusivo sea invertir en viviendas para su arrendamiento", según la memoria. En concreto, esas sociedades y fondos soportarán sólo un tipo del 1% en el impuesto sobre sociedades.

Cuando estas nuevas instituciones de inversión colectiva dediquen su patrimonio a la compira de viviendas, pero no necesariamente las alquilen después, soportarán un tipo impositivo del 7% en sociedades. Por último, si alguna decide invertir en inmuebles en general deberá pagar el 35% en sociedades.

Este diferente trato fiscal pretende que la mayor parte de las sociedades y fondos inmobiliarios se dediquen a la inversión en edificios de viviendas destinados exclusivamente al alquiler. El logro de este objetivo no sólo ampliaría considerablemente el parque de viviendas en alquiler sino que haría más transparente este mercado.

Evitar la especulación

El anteproyecto de ley intenta evitar además que la entrada de estas nuevas instituciones en el mercado inmobiliario pueda tener carácter especulativo. Con esta idea, exige que "los bienes inmuebles que integren el activo de los fondos de inversión inmobiliaria no se enajenen hasta que no hayan tanscurrido tres años desde su adquisición, salvo que medie autorización expresa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores". La memoria que acompaña a la ley justifica esta decisión para "favorecer una inversión prolongada en el tiempo" y, a la vez, contemplar "supuestos excepcionales" que "justifiquen la enajenación en aras del mantenimiento de la institución". La CNMV será la encargada de evaluar esos supuestos.El impacto de las sociedades y fondos de inversión inmobiliaria en la política de vivienda se inscribe así en el paquete de medidas que intentan abaratarla con carácter general y no forma parte, pues, de las que intentan facilitar el acceso a la vivienda a determinados colectivos. El segundo objetivo de la ley es el incentivo del ahorro familiar. Con esta idea, las sociedades y fondos de inversión inmobiliaria tendrán las mismas ventajas fiscales para el ahorrador que disfrutan ahora las de inversión mobiliaria.

No es casualidad que aunque las sociedades y fondos de inversión mobiliaria se remonten a 1985 haya sido este año cuando se ha disparado su aceptación entre el público. El hecho diferencial que ha permitido este boom de los fondos es la rebaja de la tributación en el impuesto sobre sociedades (desde el 13% al 1%) para los fondos que cotizan en bolsa, pues las restantes tributan al 35%. Pocos meses después, los bancos se lanzaron a la carrera de los superfondos recordando a sus clientes que el reembolso de las participaciones debe declararse en el impuesto sobre la renta como un incremento patrimonial en lugar de como un rendimiento del capital mobiliario.

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