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Unos estatutos definitivos

Los nuevos estatutos aprobados por el Consejo General de la ONCE tienen para esta organización el carácter de definitivos. En el preámbulo del articulado se afirma que, aparte de las correcciones para adaptar el texto al decreto aprobado por el Gobierno en marzo pasado, hay "otras correcciones menores" por la "actual convicción de que deberán regir la ONCE durante tiempo indefinido".En el mismo preámbulo se recuerda que los anteriores estatutos, aprobados el 11 de mayo de 1988, significaron para la organización de ciegos un fortalecimiento de su autogobierno y "un incremento espectacular de su actividad económica", y se añade que los nuevos profundizan en ese autogobierno.

Miguel Durán, su director general, ha calificado los cambios operados durante este año de "pequeña gran refundación de la ONCE". A pesar de estas declaraciones y de los cambios jurídicos realizados, la realidad es que todo continúa dependiendo del Gobierno. Las normas estatales que regulan la entidad emanan de acuerdos del Consejo de Ministros y de órganos de inferior rango.

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Corporación social

Oficialmente, la ONCE continúa siendo una "corporación de derecho público, de carácter sociaV y sin ánimo de lucro; que pretende hacer compatible esa definición normativa con el carácter de entidad capaz de actuar como los más importantes grupos económicos y financieros.

En algunos estudios Jurídicos de la ONCE, para justificar su libertad de actuación, se han hecho comparaciones con otras corporaciones de derecho público, tales como colegios profesionales, cámaras de comercio o la Cruz Roja, y se afirma en ellos que todas ellas tienen menos controles del Gobierno que la ONCE. Pero se elude otra de las características de estos grupos: en principio, ni los colegios profesionales, ni las cámaras de comercio, ni la Cruz Roja dedican los fondos públicos a los que tienen derecho a invertir en sectores estratégicos de la economía,sino a determinadas finalidades asociativas.

Contrasta esa situación con los objetivos expresados en los estatutos de la ONCE, en los que se alude a servicio a los invidentes, atención educativa, investigación de medios para reducir los problemas de la deficiencia visual y colaboración con las Administraciones públicas. No hay nada que apunte la intervención en el mundo de los negocios como un objetivo social. Este factor se contempla en el capítulo de "Íngresos, gastos e inversiones de los recursos financieros", como un medio para cumplir los fines de servicio a los ciegos.

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