Un tribunal iguala la unión de hecho a la matrimonial
La Sección Cuarta de lo Civil de la Audiencia de Barcelona ha reconocido el derecho de una mujer, Carmen Vázquez Díaz, a permanecer en el domicilio en el que convivió durante 23 años con su companero y con el hijo de ambos. La sentencia también ordena el pago de una pensión mensual de 50.000 pesetas por parte del hombre a su ex compañera, que durante los años de convivencia se dedicó sólo a las tareas domésticas.El tribunal equipara la relación de familia en una unión de hecho y una matrimonial, tal como ya ha ocurrido en alguna demanda de separación similar a la ahora planteada. "La Constitución no distingue entre familia basada en el vínculo matrimonial y familia extramatrimonial", dice el fallo.
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