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La ley de distribución de seguros entrará en vigor en 1992

El proyecto de ley que regulará la distribución de seguros se centra básicamente en diferenciar la actividad de agentes y corredores, establecer un abanico de sanciones que van de uno a cinco millones de pesetas y dictar para mediados de 1992 la desaparición de los colegios de agentes y corredores de seguros, así como de su consejo general.La nueva normativa ha sufrido los últimos retoques por parte de la Dirección General de Seguros (dependiente de la Secretaría de Estado de Economía) y está a la espera de que la Junta Consultiva (órgano en el que están representados la Administración, la patronal aseguradora -Unespa-, los agentes, los corredores, los sindicatos y los consumidores) dé su visto bueno para que pase al Consejo de Estado y de ahí a las Cortes.

Este proceso debe estar concluido antes de que finalice el presente año, puesto que el borrador que se debatirá la semana próxima en la Junta Consultiva se incluye, en la Disposición Final Segunda, el 1 de enero de 1992 como fecha de entrada en vigor de la futura ley.

A lo largo del periodo de negociación de este texto, el asunto más conflictivo ha sido el de la desaparición de los colegios y el consejo general de agentes y corredores. El borrador definitivo del proyecto de ley es tajante al respecto. En su Disposición Final Primera se recoge la siguiente redacción: "quedan suprimidos los colegios de agentes y corredores, así como el consejo general.

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