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El Tribunal Superior anula la construcción de 358 chalés en Algete

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado nula la licencia que concedió el Ayuntamiento de Algete para construir, a la sombra de un campo de golf y un centro deportivo, 358 chalés en una finca rústica de 150 hectáreas. La Comunidad de Madrid se opuso frontalmente a este proyecto, que llegó a calificar de "la mayor infracción urbanística de los últimos años". La sentencia dictada por el Tribunal Superior el pasado 26 de septiembre cierra el paso a la creación de un núcleo de población que no tiene "conexión" con las instalaciones deportivas previstas.

La Comunidad de Madrid aprobó en junio de 1988 las normas subsidiarias de planeamiento de Algete, en las que se reflejaba la finca Soto Mozanaque, situada junto a la carretera de Paracuellos del Jarama y Fuente el Saz, como suelo no urbanizable. Sin embargo, el planeamiento permite "usos deportivos" en esa zona.Dos meses más tarde, el pleno del Ayuntamiento de Algete aprobó la ordenación urbanistica de la finca, y en febrero de 1989 concedió licencia "para implantación de infraestructuras" a la compañía Empresa Promotora y Constructora, SA (Ecypsa), que suponía la construcción de un campo de golf, un club social y deportivo, un hotel, una zona comercial y 33 chalés, sobre una superficie de 66.200 metros cuadrados. El proyecto reservaba suelo para edificar en el futuro otros 325 chalés.El Ayuntamiento de Algete había solicitado a la Comunidad un informe urbanístico sobre la finca Soto Mozanaque, pero la Consejería de Política Territorial desaprobó el proyecto por afectar a suelo no urbanizable.

Suelo no urbanizable

Para el Tribunal Superior "no cabe la menor duda de que el suelo está calificado como no urbanizable", aunque "con uso deportivo permitido", aunque en ningún caso la actuación urbanizadora puedé desvincularse de esta finalidad. La sentencia considera que no se cumplió el trámite de autorización previa por parte de la Comunidad de Madrid, por lo que el acuerdo del Ayuntamiento debe ser impugnado.

Pero la principal infracción cuestionada por el tribunal es la constitución de un núcleo urbano "nada desdeñable", que contradice lo estipulado en la Ley del Suelo. En una finca destinada para uso deportivo únicamente pueden tolerarse, según la sentencia, "Ias viviendas que sean accesorias del fin principal, correspondientes a las personas vinculadas directamente con el uso deportivo".

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El viceconsejero de Política Territorial, Jesús Morón, se felicita por la rapidez con la que se ha tramitado el recurso y reitera que se ha puesto coto a una de las infracciones urbanísticas más escandalosas de los últimos siete años.

Tanto Carlos Calvo, concejal de Urbanismo del PP en Algete, como Joaquín Minguito, portavoz de Ecypsa que mantiene aún una opción de compra sobre los terrenos afectados, según éste, propiedad del duque de Alburquerque, no han ocultado su decepción por la sentencia aunque no quisieron pronunciarse sobre la misma por "desconocerla".

Mientras que Minguito se limitó a decir que "es un jarro de agua fría", Calvo argumentó que es una decisión del tribunal que "puede tener razón o no", a la vez que añadió que el equipo de gobierno de Algete se reunirá cuando conozca la sentencia para evaluarla.

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