Reducida dos meses la pena de dos años al falsificador del abono de transportes
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la sentencia que condenó a Ricardo López Rubio a dos años y cuatro meses de prisión por haber falsificado un abono de transportes de la Comunidad de Madrid y la ha reducido a dos meses de arresto y 50.000 pesetas de multa. La sentencia de la Audiencia madrileña, sin embargo, mantiene la tesis de que el delito cometido es una "falsedad en documento oficial" y no en un 'documento de identidad", a pesar de que afirma que la condena ahora revocada fue "excesiva".
La nueva sentencia, al estimar el recurso que presentó el abogado del condenado, Sergio Santos Suárez de Alejandro, reconoce que la pena inicialmente impuesta parece "excesiva" para el delito cometido y la naturaleza misma del documento que fue objeto de falsificación.Por todo ello, el tribunal ha hecho uso de la facultad que le confiere el artículo 318 del Código Penal y ha reducido la pena en un grado, rebajándola de prisión menor a arresto mayor.
Ricardo López Rubio fue detenido a la puerta de un garaje de la barriada de la Ciudad Pegaso, en Madrid, como sospechoso de intentar perpetrar un robo en uno de los locales de la citada firma de camiones. Trasladado posteriormente a comisaría, la policía le ocupó un abono de transportes de la Comunidad de Madrid a nombre de José Luis García Álvarez, al que el detenido había adherido una fotografía suya.
Antecedentes penales
El juez de lo penal número 6 de Madrid le absolvió de la tentativa de robo. Sin embargo, le condenó a dos años, cuatro meses y un día por falsedad en documento oficial, teniendo en cuenta además que Ricardo López Rubio tenía antecedentes penales.
La pena, no obstante, resultaba "excesiva", tal como ha venido a confirmar ahora el tribunal de la Audiencia Provincial de Madrid formado por los magistrados Nicolás Díaz Méndez, Lorenzo Pérez San Francisco y Mercedes Pedraz Calvo.
La sentencia dictada por los citados magistrados razona la rebaja de la sentencia original en los siguientes términos: "No existe un rechazo social grave a la conducta realizada por el procesado, ni se ha producido tampoco un daño grave al servicio público de transportes, ni el documento objeto de este procedimiento ha de considerarse de relevánte importancia a la hora de, la prestación del propio servicio de transporte".
.La reducción de la sentencia no impedirá, sin embargo, que Ricardo López Rubio permanezca en prisión, debido a que tiene otros procesos pendientes por atracos en cajeros automáticos, según informó su abogado, Sergio Santos Suárez de Alejandro.
Pese a rebajar significativa-. mente la primera condena impuesta, el tribunal ha mantenido la *misma calificación del delito que hizo el juez de lo penal, es decir, falsedad "en un documento oficial", y no en "documento de identidad" como propugnaba la defensa.
La falsificación del "documento de identidad" se castiga con arresto mayor (con penas que van desde un mes y un día hasta seis meses) y 100.000 a 200.000 pesetas de multa, -según estipula el artículo 309 del Código Penal. La falsedad en "documento público u oficial" se castiga con pena de prisión menor (entre seis meses y un día y seis años), según el artículo 303 del mismo código.
Documento de identidad
La sentencia explica que el documento de identidad es aquel cuya finalidad exclusiva es "individualizar a la persona concreta y determinada" con el fin de "acreditar a través del documento la certeza de sus datos de identidad".
A efectos del artículo 309 del Código Penal vigente, son documentos de identidad el documento nacional de identidad (DNI) o el pasaporte, .pero no tienen ese carácter aquellos documentos que, como el presente [el abono de transportes], llevan incorporada la flatografia de la persona y su finalidad no es individualizar a la misma, sino que ésta pueda acceder a la prestación de determinados servicios".
La sentencia recuerda que "la reiteradísima jurisprudencia del Tribunal Supremo" niega el carácter de "documento de identidad" al libro de familia, al carné escolar o al permiso de conducir, "entre otros muchos".
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