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Tribuna:'GUERRA DE LOS PREAVISOS' Y LIBERTAD SINDICAL
Tribuna
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Al pan pan y al vino vino

Siendo cierta la complejidad de la polémica sobre la llamada guerra de los preavisos, los trabajadores tienen claro que nadie puede hurtarles su derecho a conocer con antelación suficiente cuándo podrán democráticamente elegir entre diferentes opciones sindicales. En ello y en el derecho a poder presentar candidaturas reside la verdadera libertad sindical y el auténtico meollo de la cuestión.Aunque pueda parecer perogrullada, da la impresión de que no es ocioso recordar, tal y como está la polémica, que celebrar elecciones supone dar oportunidad democrática a que los trabajadores elijan entre distintos sindicatos. Resulta por ello incomprensible que se entienda que el mapa sindical surgido de las elecciones sindicales de 1986 -es algo que no se puede variar, según tesis de UGT, debiendo los trabajadores de las pequeñas empresas volver a elegir a los mismos que en 1986, quedando la competencia propia de cualquier proceso electoral restringida, en la práctica, a aquellas que no celebraron elecciones entonces. Esto sólo tiene parangón con formas de seudodemocracia que se practican en otras latitudes y a las que no quiero aludir en lo concreto para no ser ofensivo.

Esta concepción privativa de la representación sindical (demostrada cuando UGT habla de empresas de CC 00 situadas al principio del proceso y suyas al final) no es de recibo. En nuestra opinión, no hay resultados anteriores inamovibles, entendiendo que cualquier sindicato tiene derecho a presentar sus candidatos, fueran cuales fueren los resultados del 86 en cada empresa.

Hechos, que no hipótesis

Habiéndonos anticipado a preavisar, a UGT le resulta fácil esconder que en sus planes se encontraba el hacerlo sin señalar fechas, repitiendo corregido y aumentado lo ocurrido en 1986.No se puede negar que en el País Vasco se preavisó de forma generalizada entonces, señalando la misma fecha (1 de octubre) de inicio del proceso electoral para todas las empresas de ese ámbito. 0 que en el resto del Estado se preavisara por oleadas de empresas, apurando la antelación mínima legal de 10 días. Procedimientos ambos (el primero porque resulta obvio que es imposible celebrar elecciones en todas las empresas el mismo día, y el segundo por acumulación) que dificultaban, cuando no impedían, poder presentar candidatos en numerosos casos aunque se quisiera. Y en muchos otros, encontrarse que cuando se quería hacerlo ya había otro sindicato que, habiendo llegado antes, había celebrado las elecciones, imponiendo, en la práctica, sus candidatos por falta de opciones alternativas.

Esto, entre otras cuestiones graves, marcó aquel proceso con la nota del fraude para trabajadores y opinión pública en general. Y no fueron precisamente delegados de CC OO los que terminaron en la cárcel por irregularidades cometidas.

De ahí que (y en eso somos firmes, que no obsesivos) hayamos preavisado con dos meses y medio de antelación, amparados en la legalidad, posibilitando que sea conocido con tiempo suficiente un calendario orientativo, con una cadencia racional, que permita a los trabajadores reflexionar sobre sus preferencias, y a los sindicatos tener opción a presentar candidatos.

Ya no se sabe si es ignorancia de la legislación o intento deliberado de confundir el afirmar que CC OO impone un calendario a los trabajadores. Para ser rigurosos conviene explicar que la facultad de promover elecciones sindicales mediante el preaviso es un derecho igual para todos los sindicatos más representativos. En este documento ha de definirse fecha de inicio del proceso electoral y mes en el que se prevé celebrar las elecciones sindicales (condición de publicidad). Pero bien saben quienes ocultan el dato que corresponde a la mesa electoral, formada por los propios trabajadores, el control del proceso y determinación de la fecha de votación.

La igualdad de oportunidades previa para preavisar existe. Tanto es así que el legislador (y conviene recordar que fue UGT la que pactó esta normativa con el Gobierno en 1986) preveía la concurrencia de preavisos, estableciendo la legislación que, en ese caso, prevalecerá el presentado en primer lugar.

Equivoca, por tanto, el tiro UGT acusándonos de atentar contra la libertad sindical en su demanda ante la Audiencia Nacional. En todo caso, cabría hacerlo contra una legislación que ha articulado de esta forma el requisito del preaviso. Pero ni siquiera, pues cómo el Tribunal Constitucional ha declarado, la facultad que la ley otorga a los sindicatos más representativos de promover elecciones no deriva de manera directa del texto constitucional y, por tanto, no forma parte del contenido esencial de la libertad sindical.

Verdadero atentado contra ésta sería el imposibilitar, por inexistencia de calendario conocido de inicio del proceso electoral, que algún sindicato pudiera presentar candidaturas, hurtando a los trabajadores el derecho democrático a elegir, como ocurrió en 1986.

Negociar un calendario

¿Por qué tanta obstinación en no querer negociar un calendario de inicio del proceso electoral alternativo?. Si preocupa la situación en el calendario de lo que UGT llama sus empresas, ¿por qué no nos sentamos a discutir nuevas fechas para ésas u otras? Hasta ahora no entraban dentro de las preocupaciones de UGT las organizaciones minoritarias. Pero, admitiendo que en ello hayan cambiado, CC OO ha afirmado públicamente estar dispuesta a negociar, junto con UGT, ese calendario alternativo también con sindicatos menos representativos. Tampoco cabe calificar de chantaje la garantía de transparencia hoy existente, constituida por el calendario de inicio del proceso electoral por nosotros definido.Seguimos dispuestos a negociar. Pero también es bueno decir que nuestra proposición la agota el tiempo. Pues lo que no es dificil hoy resolver de forma descentralizada si existe voluntad, provincia a provincia y sector por sector, donde las 200.000 empresas se fragmentan, sin ofrecer dificultades a la negociación, se complica cuanto más cerca se encuentra la fecha de inicio de las elecciones. Más positivo sería esto, resultando incomprensible para los trabajadores que dos sindicatos no puedan negociar entre sí, cuando sí -pueden hacerlo con Gobierno y empresarios, que no seguir tentando alternativas que UGT es la primera en saber de su cuando menos incierto resultado.

Por este camino se puede consolidar la unidad de acción, sin persistir en el, recurso del calamar de echar tinta para oscurecer la realidad.

Sigo insistiendo, pues ya lo he dicho en otros sitios, que con esta polémica se ha destapado otro problema de mayor entidad, consistente en que hay interpretaciones que convierten la unidad de acción en mero instrumento en favor del interés específico de un sindicato. A tal extremo que se identifica que cualquier resultado de las elecciones sindicales próximas que no suponga la victoria de UGT representa un atentado contra la unidad de acción. No se trata de conjeturas, basta releer el tercer párrafo del artículo de Antón Saracíbar en este mismo periódico del 20 de agosto.

Es cierto que nuestro sindicato ha hecho cesión de protagonismo en aras de la unidad de acción, pero sin sentimos incómodos. Es más, por hacer cesiones, hasta hemos renunciado a nuestro derecho, en vísperas del Primero de Mayo de 1989, retirando la demanda que en su día interpusimos por la vergonzosa entrega de 4.144 millones a UGT, en la antesala de las pasadas elecciones. Y seguiremos con este tipo de actitud, sin -mala conciencia, porque creemos que la unidad de acción se justifica por sus contenidos y objetivos en interés de los trabajadores.

Si de referencias hemos de hablar, digamos también rotundamente que sólo nos preocupan las que mejor nos identifican con los intereses de los trabajadores. Es lógico, por tanto, que reclamemos respeto por una línea sindical que, habiendo hecho apuesta por el pluralismo interno, deja en libertad a sus afiliados para que cada uno se identifique con la referencia política que más le plazca. Y esto creemos que es condición necesaria para la verdadera autonomía.

Normativa electoral

Desde luego que, por autónomos, no ha sido CC OO la que ha acudido en demanda del Gobierno para que nos cambie la normativa electoral a nuestra conveniencia. Prefiero por ello que las reflexiones las haga el lector, dado que alguna interrogante suscitará el que esta demanda sea posterior a la proclamación textual hecha en la guía de campaña de UGT (entregada a los medios de comunicación) de que "hay que manifestar que la actual normativa electoral asegura suficientemente las necesarias garantías de transparencia y democracia de los resultados electorales" (página 15 de la citada guía).Creo que existe una importante diferencia, pensando en efectos sobre la unidad de acción, entre la mala digestión de nuestra iniciativa, espero que pasajera, y los daños irreparables derivados de unas elecciones celebradas bajo la falta de transparencia, o caracterizadas por el fraude en la pequeña empresa como en 1986.

Finalmente, cabe decir que por el desparpajo con que algunos opinan sobre este asunto Podría dar la sensación de que hay dos actitudes ante las elecciones sindicales: la de UGT, basada en el, altruismo, lejos de cualquier interés por ganarlas, y la nuestra de presunta obsesión enfermiza por ello. ¡Vaya morro!, que diría cualquier currante cheli.

Claro que CC OO aspira a ganar las próximas elecciones sindicales, si obtiene el respaldo mayoritario de los trabajadores. ¡A ver si ahora va a resultar que esto no es legítimo y hay algún interés bastardo en ello! Pero no por las razones que se nos atribuyen, sino porque modesta pero honradamente creemos haber realizado una defensa consecuente de los intereses de los trabajadores con firmeza y eficacia.

José M. de la Parra es secretario de organización de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras.

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