El Gobierno recurre el fallo del Supremo contrario a las horas libres para votar
La abogacía del Estado interpuso ayer, en nombre del Gobierno, recurso extraordinario de revisión contra la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que anuló el decreto que ordenó el pago por las empresas de las horas dedicadas por los trabajadores a votar en el referéndum sobre la OTAN de 1986. La resolución sobre el recurso y sobre la suspensión del fallo, que ha sido solicitada por el Ejecutivo, corresponderá a una sala especial, presidida por el titular del Tribunal Supremo, Antonio Hernández Gil, e integrada por 16 magistrados, cinco de ellos presidentes de las respectivas salas del Supremo.Fuentes jurídicas informaron a este periódico que no es probable que antes de las elecciones autonómicas andaluzas -que se celebrarán el 23 de junio próximo- la sala haya resuelto sobre la suspensión de la anulación del decreto. El precedente de una decisión similar fue la suspensión de la sentencia que anuló el reglamento de la prestación social sustitutoria de los objetores de conciencia. En este caso, el ponente del recurso, Rafael de Mendizábal, accedió a la suspensión "con talante excepcional".
Paralizados los amparos
La interposición del recurso de revisión paraliza la iniciativa del fiscal general del Estado, Leopoldo Torres, y el defensor del pueblo, Álvaro Gil-Robles, que habían preparado sendos recursos de amparo. Sólo en el improbable caso de que el recurso de revisión no sea admitido a trámite o sea finalmente desestimado, tales recursos recobrarían su virtualidad. Torres informó ayer que el fiscal se personará ante la sala y defenderá el mismo criterio mantenido en el proyecto de recurso de amparo, favorable a la legalidad del decreto anulado.Por su parte, el Defensor del Pueblo explicó ayer que "en la sentencia impugnada ahora en revisión ha podido producirse una vulneración del derecho fundamental contemplado en el artículo 23 de la Constitución, en relación con el artículo 9.2 y 14 de la norma fundamental [derechos de participación electoral y principio de igualdad]".
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