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TRIBUNALES

Rechazado el recurso de dos madres para recuperar a sus hijos adoptados

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo promovido por dos madres asturianas, hermanas ambas, para recuperar a sus cuatro hijos, que fueron entregados en adopción a familias de Chiclana de la Frontera (Cádiz) por un juez de la localidad. El Tribunal Constitucional señala que los expedientes de protección de los niños fueron iniciados a instancias de su abuelo, "debido a la falta de atención y cuidados mínimos en que se encontraban dichos menores".El caso de los niños asturianos conmocionó a la opinión pública del Principado en febrero de 1988, cuando se supo que el juez de Chiclana Fernando Ferrín había resuelto la adopción de los pequeños, separados temporalmente de sus madres por decisión del Tribunal Tutelar de Oviedo.

Cuando fueron separados de sus madres, Mariola contaba tres anos y Hugo dos. Ambos eran hijos de Ros Poladura y Juan José Hevia. Los otros dos pequeños, Iris, de tres años y David, de año y medio, eran hijos de Julia Poladura, separada del padre.

Los niños fueron entregados por el abuelo materno al Tribunal Tutelar de Menores de Oviedo en junio de 1986, ante la imposibilidad de ciudarlos. En mayo de 1987, la institución tutelar suspendió los derechos de guarda y educación de Julia Poladura ante los informes de ,"mala conducta, prostitución y hábitos alcohólicos" de la madre. El 1 de junio, su hermana Rosa también se vio privada de sus hijos, por más que rechazó las acusaciones de adicción a la droga.

El Tribunal Constitucional aborda como premisa que fue el abuelo de los niños quien promovió su entrega a un establecimiento público "ante la conducta de las respectivas madres".

La sentencia señala que las madres "han tenido oportunidad de defenderse en un proceso que, no por singular o especializado, ha supuesto mengua en la tutela judicial". De la sentencia ha disentido el magistrado Vicente Gimeno Sendra.

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