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La jubilación del coreógrafo Rey de Viana fue correcta, según el juez

La jubilación forzosa por razones de edad del coreógrafo José Manuel Rey de Viana como director del ballet que lleva su nombre fue jurídicamente correcta, según se desprende de una sentencia emitida por el Juzgado de lo Social número 3 de La Coruña. Rey de Viana, que mantuvo una huelga de hambre durante 15 días en protesta por la decisión de la Diputación de La Coruña, de quien depende el ballet, había demandado a la institución por considerar que había sido objeto de un despido radicalmente nulo.Su abogado, José González-Dopeso López, argumentaba que ejercía funciones de alta dirección en el ballet y en la escuela de danza, por lo que no le afectaba el convenio colectivo de la Diputación. La sentencia del magistrado Miguel Fernández Otero desestima la demanda y establece que la relación que unía al coreógrafo con la institución era de carácter laboral.

El texto del fallo judicial señala en sus fundamentos de derecho que Magistratura ya había sancionado al coreógrafo, de ideología ultraderechista, por haberse negado a participar en un festival de apoyo al Estatuto de autonomía.

Asimismo, la sentencia dice textualmente que "no deja de sorprender la pretensión del demandante (...) de ser excluido del convenio", puesto que había recurrido su no inclusión en un convenio anterior y formó parte del comité de huelga del ballet que se había constituido para exigir la inclusión de sus miembros en el convenio de 1989. El abogado de Rey de Viana dispone de un breve plazo para elevar un recurso de súplica ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

En la actualidad, Rey de Viana desarrolla las actividades del ballet de su nombre en dependencias de un Ayuntamiento limítrofe de La Coruña.

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