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Las elecciones deberán repetirse en Melilla y en 30 mesas de Pontevedra

Las elecciones legislativas habrán de repetirse en la circunscripción de Melilla y en más de 30 mesas de Pontevedra, según las sentencias que el Tribunal Constitucional hará públicas esta misma semana. Se cierra así el recurso de amparo presentado por el PSOE contra el fallo de los tribunales superiores de Andalucía y de Galicia, que anularon en su día los comicios celebrados el 29 de octubre.

Las numerosas irregularidades detectadas en Melilla han llevado al Constitucional a mantener la decisión de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Andalucía, que ordenó repetir las elecciones en aquella ciudad.Por lo que respecta a Pontevedra, y según ha podido saber EL PAÍS, el Tribunal ordenará repetir las elecciones en unas 30 mesas si no se logra obtener los resultados auténticos de las mismas.

En el caso de Melilla se desestimará el recurso del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y se mantendrá el criterio opuesto al que se ha mantenido en la sentencia de Murcia, hecha pública el jueves, y el que se sostendrá respecto a la elección en Pontevedra. En Melilla, el PSOE obtuvo el escaño de diputado al Congreso y los dos para el Senado.

El fallo respecto al recurso de Pontevedra es semejante al de Murcia, ya que, según fuentes conocedoras del texto sometido al pleno del Tribunal y salvo retoques de última hora, se ordenará al Tribunal Superior de Justicia de Galicia que, si no encuentra el medio adecuado para obtener los datos auténticos, anule las elecciones correspondientes sólo en una treintena de mesas, en las que deberán repetirse los comicios.

En Pontevedra desaparecieron 208 papeletas pertenecientes a 24 mesas de Vigo, Villagarcía de Arosa, Redondela, Sanxenxo, Cerdedo y Pontevedra. Tampoco fueron computados 38 votos válidos por extravío u omisión, lo que cuestiona el resultado de 9 mesas más.

Estas sentencias del Tribunal Constitucional no resuelven, como tampoco lo hizo la referida a las elecciones de Murcia, las diferencias de criterio existentes entre los diferentes tribunales superiores de Justicia sobre los conceptos electores de mesa y votantes.

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