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El Tribunal Superior de Madrid anula aspectos claves del Plan de Urbanismo

Los tribunales han vuelto a poner en entredicho el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM). El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratificó ayer la suspensión de algunos de sus aspectos claves -la reparcelación económica o la obligatoriedad de construir viviendas sociales en determinados polígonos-, y ha anulado otros de similar importancia, como determinadas cesiones gratuitas de suelo al Ayuntamiento o el sistema para determinar el aprovechamiento medio del suelo urbanizable programado.

La sentencia, favorable al recurso presentado en su día por la Confederación Empresarial Independiente de Madrid (Ceim), que preside Fernando Fernández-Tapias, ha sido dictada por la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior (antigua Audiencia Territorial) y está firmada por los magistrados Carlos Entrena, Juan Manuel Sanz y José Lizcano.En la sentencia se indica que los deberes y cargas de los propietarios de suelo urbano se limitan a ceder gratuitamente al Ayuntamiento terrenos para viales, colegios y zonas verdes, pero no el suelo destinado a las dotaciones incluidas en ese polígono de actuación. Con ello, según la Ceim, han quedado anuladas las exigencias de cesiones gratuitas (suelo para centros culturales o deportivos, por ejemplo) que impongan los planes urbanísticos por encima de los límites fijados por la Ley del Suelo.

La sentencia no considera tampoco ajustada a derecho la delimitación de polígonos de actuación discontínua. Esta figura, creada por el Plan General, permitía agrupar diversas fincas no colindantes con el fin de repartir las cargas entre los propietarios. En consecuencia la sentencia anula la reparcelación económica" una contribución equivalente al 13% del valor catastral de los terrenos que se obliga a pagar al propietario de un solar incluido en un polígono discontinuo, a cambio de no ceder al Ayuntamiento la parte de suelo que fija la ley. El pago de esta contribución, previo a la solicitud de licencia de obras, queda anulado, al igual que el que se paga por reparcelación voluntaria y que afecta a los propietarios de solares que hubieran quedado vacantes tras la entrada en vigor del Plan General.

La sentencia anula también el artículo que fija los porcentajes para que un promotor pueda reducir los volúmenes de edificabilidad que le han sido autorizados para viviendas sociales y construir en su lugar viviendas libres.

Asimismo se desautoriza la ocupación provisional de solares por parte del Ayuntamiento, como preveía el PGOUM cuando los propietarios hubieran rebasado el plazo concedido para edificiar. Esta ocupación permitía al Ayuntamiento dedicar los solares a usos públicos de recreo y expansión.

"La sentencia está en la línea de la que dictó en marzo la Audiciencia Territorial ante un recurso del PP y demuestra que desde el punto de vista jurídico se ha estado actuando desde la ilegalidad y que el Plan General fue elaborado sobre unas bases jurídicas muy endebles", dijo ayer el concejal del PP Enrique Villoria.

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El consejero de Política Territorial de la Comunidad, Eduardo Mangada, confesó ayer que desconocía la sentencia, se mostró extrañado de que sólo haya sido comunicada a la Ceim y subrayó que la patronal la ha hecho pública en plena campaña electoral. "En cualquier caso, y por las noticias que tenemos, es una sentencia más de la antigua Audiencia Territorial y como las anteriores será recurrida ante el Supremo".

El concejal de Urbanismo del Ayuntamiento, el centrista Fernando López Amor, comentó: "El PGOUM, aparte de su dudosa eficacia, se está convirtiendo en algo irreconocible a causa de las sucesivas sentencias judiciales que anulan unos artículos y declaran ilegales otros".

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