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La CNMV mantiene las mismas tarifas para los agentes de cambio y bolsa

El proyecto de real decreto que regula las comisiones que cobrarán las sociedades y agencias de valores y bolsa, que ya ha pasado por el comité consultivo y ahora espera el dictamen del Consejo de Estado, mantiene las mismas tarifas que vienen cobrando los agentes de cambio y bolsa en la actualidad, el 2,5 por 1.000, si bien fija una cuantía mínima de 500 pesetas por operación.Las sociedades y agencias podrán repercutir voluntariamente sobre sus clientes aquellos costes y recargos que se deriven de las prestaciones y servicios ofrecidos por las sociedades rectoras, el servicio de compensación y liquidación de valores, o la sociedad de bolsas, pero esta repercusión deberá ajustarse a las tarifas que hayaa sido previamente comunicadas a la CNMV y sean públicas. Las cantidades cobradas a los clientes efectivamente y por distintos conceptos deberán figurar en el recibo que sociedades y agencias han de entregar obligatoriamente a aquellos. La CNMV podrá dictar las normas que precisen los modelos a que se habrán de ajustar las tarifas, los recibos y la forma en que deberán hacerse públicas.

Este proyecto de real decreto aporta una serie de novedades, corno son la de fijar una cantidad mínima para las operaciones, lo que supone que cuando una compraventa de acciones sea inferior a las 200.000 pesetas, la tarifa resultante será más alta del 2,5 por 1.000 habitual. También el hecho de que sociedades y agencias deban hacer públicas sus tarifas, así corno la futura existencia de un modelo de recibo y la constancia obligatoria de todos los conceptos que se le cobren al cliente suponen elementos nuevos en el mercado.

La posibilidad de que las sociedades y agencias puedan repercutir, o no, algunos costes sobre sus clientes es el único punto que abre paso a la competencia, en cuanto a la negociación de las tarifas de las operaciones se refiere. Con todo, la ley del mercado de valores establece que las comisiones que podrán cobrar los miembros de un mercado secundario oficial al negociar valores serán libres, pero esto sucederá cuando finalice el período transitorio, es decir, el día 1 de enero de 1992.

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