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ELECCIONES EUROPEAS

Juicios sólo por falsedad y estafa

La expropiación del grupo Rumasa desencadenó una larga serie de actuaciones judiciales planteadas tanto por la familia Ruiz-Mateos como por la Administración. José María Ruiz-Mateos estuvo ausente de España desde marzo de 1983 hasta finales de noviembre de 1985, fecha en que fue entregado por la República Federal de Alemania (RFA), y tenía a su regreso tres procedimientos judiciales pendientes de trámite.

Sin embargo, la justicia española, de acuerdo con el convenio de extradición suscrito con la RFA, sólo puede juzgar a Ruiz-Mateos por los dos tipos de delitos por los que fue entregado, de un total de siete que se le imputaban. Estos dos tipos son el delito de falsedad -cometido presuntamente por Ruiz-Mateos mediante una serie de operaciones contables fraudulentas en los distintos bancos del grupo para elevar artificialmente el valor patrimonial del holding- y el de estafa -a través de la apertura de asentamientos contables a nombre de personas imaginarias o existentes, pero sin el conocimiento de las mismas-.

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Para cada uno de ellos, castigados por la legislación española con pena de prisión menor (de seis meses a seis años), la fiscal pide seis años. Por tanto, no se podrá juzgar a Ruiz-Mateos por otros asuntos contenidos en la querella presentada por el ministerio fiscal en el caso Rumasa, tales como apropiación indebida, estafa a la Seguridad Social y presuntas operaciones ilegales de divisas. Tampoco podrá ser juzgado por el presunto delito de injurias al jefe del Estado. No obstante, según el convenio de extradición, Ruiz-Mateos podrá ser perseguido penalmente en España por los delitos que no han sido objeto de extradición, 45 días después de haber sido definitivamente excarcelado o absuelto. Quedan excluidos de dicho convenio, los delitos que el empresario pudiera cometer a partir de su regreso a España.

A principios de este mes, la Audiencia Nacional ordenó a la policía que determinara el paradero del financiero para dictar posteriormente, si fuera oportuno, una orden de búsqueda y captura. El auto dictado por la Audiencia estima parcialmente el recurso interpuesto por la fiscal del caso Rumasa, Carmen Tagle, quien había solícitado el ingreso de Ruiz-Mateos en prisión por incumplir las condiciones en que fue puesto en libertad bajo fianza a fines de 1988. El empresario tiene pendiente también una orden de búsqueda y captura y de ingreso en prisión por golpear al ex ministro de Economía Miguel Boyer.

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