Interrogantes constitucionales
En diciembre de 1986, el Senado italiano aprobaba un proyecto de reforma de la ley de reclutamiento militar. En el proyecto aprobado, entre otras cosas, se reduce la duración del servicio militar y se multiplican enormemente los motivos de exención. En los debates que precedieron a su aprobación, algunos diputados socialistas habían propuesto simple y llanamente la abolición del servicio militar obligatorio.Las reformas aprobadas en Italia han sido' consecuencia de la alarma generada en la opinión pública por las novatadas y suicidios que venían dándose en los cuarteles. Entre un contingente de soldados procedentes del reclutamiento forzoso prácticamente igual en número al español se habían producido 11 suicidios en el primer semestre del año pasado, y la cifra doblaba la del año anterior. En España vienen suicidándose una media de 41 soldados anualmente, según informaciones oficiales. Estos 41 suicidios de soldados, en obligada comparación que Defensa ha venido sistemáticamente eludiendo en sus informaciones comentarios sobre este asunto (¡y he aquí la velada gravedad de los mismos!) colocan la tasa de suicidios entre soldados por encima del 300%. con respecto a la tasa de suicidios que se da entre hombres del mismo grupo de edad en la vida civil. Esta situación no se da en un ejército de voluntarios profesionales como el de EE UU, donde la tasa de suicidios entre la tropa es incluso inferior a la de los mismos grupos de sexo y edad en el sector civil. Estos datos son presentados en detalle en mi estudio, realizado en colaboración con expertos del departamento de psicología de Berkeley (universidad de California) y publicado en España hace ya varios meses. Sobre las conclusiones de este estudio informó la Prensa de la universidad de California, pero, curiosamente, ha pasado inadvertido para la Prensa española. De él se desprende que de no haber servicio militar obligatorio en España, se podrían evitar unos 30 suicidios cada año.
Pese a lo alarmante de la situación, y con la sola excepción de Juan María Bandrés, en los debates que precedieron a la aprobación de la ley de objeción de conciencia ninguna fuerza política de este país con representación parlamentaria ha propuesto la abolición del actual sistema de reclutamiento. ¿Por qué este empeño en mantener el reclutamiento forzoso? Normalmente son tres los tipos de objeciones que se plantean a la abolición de la mili. las relativas a cuestiones éticas y de patriotismo, las que hacen referencia a la utilidad marginal del servicio militar y las que se centran en el coste de mantener una tropa compuesta exclusivamente de voluntarios.
Las argumentaciones de carácter ético-patriótico buscan apoyo en interpretaciones forzadas del principio constitucional según el cual todos los españoles tenemos el derecho y el deber de participar en la defensa de España, y en consideraciones según las cuales el servicio de armas, por el especial riesgo y responsabilidad que conlleva, no puede dejarse en manos de mercenarios.
Pago de impuestos
A estas objeciones cabe responder que aun dejando al margen algo tan poco marginal como es el hecho de que hay diversos modos de entender la defensa, lo que está por dilucidar en cuál es el modo más equitativo de que contribuyamos todos a esa defensa. Y no hay razón alguna para que nuestra participación no se lleve a cabo en el mismo modo que contribuimos al mantenimiento de la Seguridad Social o de los cuerpos de policía, es decir, mediante el pago de unos impuestos proporcionales que sirven para que la Administración retribuya adecuadamente a quienes hacen esa labor por vocación propia. En cuanto a la consideración de los voluntarios profesionales como mercenarios y al riesgo y responsabilidad especial del servicio de armas, cabe señalar que el término mercenario tiene connotaciones que no serían aplicables a un español que sirve en el Ejército de su país como profesional. ¿Qué serían, pues, todos los militares profesionales o, por ejemplo, la policía, cuyo riesgo y responsabilidad en tiempo de paz pueden ser mayores que los de un soldado? ¿Y qué diremos de la Legión, que admite en sus filas a extranjeros (más cercanos, por tanto, al concepto originario de mercenarios)?
En cuanto a las defensas de la obligatoriedad del servicio militar basadas en su utilidad marginal jóvenes que llevan allí a cabo determinados aprendizajes no militares), la respuesta obvia es que el Estado cuenta con instituciones cuya función específica es impartir esas enseñanzas, instituciones que están mejor capacitadas para ello y que no deben ver interferida su labor por otros organismos.
Finalmente, me parece gravemente demagógica la objeción de que un ejército compuesto exclusivamente de voluntarios es más costoso que el actual. Tan sólo el coste presupuestario es más alto. Pero la existencia de una tropa de forzosos míseramente retribuidos supone un coste más alto para la sociedad. Esto (simplificándolo al máximo por motivos de espacio) se debe, entre otras cosas, al hecho de que las constribuciones necesarias para retribuir adecuadamente a una tropa de voluntarios, contribuciones estas que se ahorra la generalidad de los contribuyentes, las viene a pagar el sector más débil económicamente de la población (los jóvenes que hacen la mili) en la forma de un impuesto no proporcional, que además es selectivo. Este impuesto se define técnicamente como "la diferencia entre la oferta salarial necesaria para atraer a un hombre de determinadas características a alistarse voluntariamente y el salario que de hecho este individuo percibe al estar sirviendo por la fuerza". Esta situación, con independencia de que la mantengan otros Estados democráticos, es incompatible con los principios más básicos del pensamiento democrático y de nuestra Constitución. En consecuencia, la mili, además de ser el modo menos equitativo de participar todos en la defensa, plantea muy serios interrogantes constitucionales.
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