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A partir de junio, las prestaciones de jubilacion, viudedad y orfandad empezarán a cobrarse al mes siguiente de solicitarlas

La Seguridad Social pondrá en marcha a partir del día 1 del próximo mes de junio una serie de medidas de gestión que harán posible el reconocimiento y pago de la pensión al mes siguiente de haberla solicitado. Con ello se pretende garantizar al trabajador que se jubile o al beneficiario de una prestación la no interrupción en el cobro de rentas al pasar de activo a pasivo.La medida afectará anualmente a 350.000 personas, y, si en algún caso no es posible determinar el importe exacto de la pensión, se garantiza el abono de una cantidad provisional a cuenta.

La simplificación en los trámites evitará que se produzcan situaciones auténticamente dramáticas, ya que hace apenas unos meses el reconocimiento y pago de las pensiones se demoraba una media de seis meses.

Para ello, el pasado día 1 de marzo se ha iniciado una experiencia piloto en la delegación provincial de Madrid para reducir al máximo los trámites necesarios para el reconocimiento, cálculo y abono de las pensiones y se pretende que en el plazo de tres meses esté en marcha en todo el Estado.

La medida afectará a la totalidad de las prestaciones económicas de la Seguridad Social, y para ello se ha agilizado y simplificado el procedimiento burocrático de solicitud. Un único funcionario será el que tramite todo el expediente, por lo que al solicitante se le evitará el tener que ir de ventanilla en ventanilla, y el conjunto del proceso burocrático estará informatizado.

Esas acciones han ido precedidas por la supresión en abril del año pasado de buena parte de los documentos exigidos al solicitante de una pensión y quede una decena de justificantes, la mayoría con datos en poder de la Administración y de la propia Seguridad Social, ha quedado reducida al documento nacional de identidad, el libro de familia y un justificante de los últimos meses de cotización.

Remisión de oficio

Otra acción que se pondrá en marcha es la remisión de oficio, por la Seguridad Social, al trabajador próximo a la edad de jubilación de los datos que obran en sus archivos sobre la vida laboral del cotizante para que conozca la pensión que le corresponderá. En 1989 se enviará esa información a los 225.000 trabajadores que cumplen 64 años de edad y progresivamente se remitirá hasta alcanzar el total de población mayor de 55 años.

A las pequeñas y medianas empresas se les facilitará, por otra parte un servicio de ayuda y asesoramiento, y a las grandes empresas se les dará la posibilid ad le presentar sus datos de cotización en soportes informáticos.

En una resolución elaborada por la Secretaría General de la Segurida Social se dice que a partir del 1 de junio próximo el pago de todas las solicitudes de pensión de jubilación, viudedad y orfandad deberá producirse antes del último día del mes siguiente a de su presentación.

En los casos en que la entidad gestora no pueda determinar con exactitud la cuantía de la prestación en ese plazo máximo, la delegación correspondiente de la Seguridad Social debe prcoeder a la resolución del expediente con una cuantía provisior al estimada, que se le abonará al beneficiario como cantidad a cuenta de la pensión regularizada.

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