Madrid, Barça, Athlétic y Osasuna, eximidos de ser sociedades anónimas
Los clubes de fútbol, siempre que su patrimonio neto sea positivo en los últimos cinco años, disponen de la posibilidad de renunciar a convertirse en sociedades anóninias, según se establece en una disposición transitoria adicional incluída en el proyecto de ley del Deporle, elaborado por el Consejo Superior de Deportes (CSD). El Real Madrid, el Barcelona, el Athlétic de Bilbao y Osasuna son los únicos equipos de Primera División que están en esta situación.
El proyecto de Ley del Deporte, ya concluido por el CSD y que la próxima semana será debatido en la reunión de subsecretarios, para pasar después al Consejo de Ministros y llegar al Parlamento, para su aprobación, crea tres figuras asociativas de clubes: la sociedad. de base, el club deportivo tal como funciona ahora, y la sociedad anónima. Se resalta, por su importancia, esta última figura, que se exige a todo club que participe en una competición profesional, salvo las excepciones anunciadas. El proyecto, en estos casos, establece además un régimen expreso de responsabilidad de los directivos de club, del que hasta ahora se ha carecido en la jurisdicción ordinaria y en la deportiva.Los primeros proyectos de esta Ley defendieron la necesidad de que todos los clubes profesionales de fútbol se convirtiesen en sociedades anóminas. Los dirigentes de los clubes más importantes, Madrid, Barcelona y Athlétic de Bilbao, ya mostraron entonces su total oposición a dicha medida.
Control 'antidoping'
Por otro lado, el control antidoping se reflaftará legalmente a partir de que el proyecto de Ley del Deporte sea aprobado en el Parlamento. Mientras tanto, dicho control, que puede entrar en vigor el próximo mes o, en su defecto, a partir de la próxima temporada, se regulará por un decreto ministerial. Para ello ha sido necesario un dictamen del Consejo de Estado, que señala las modificaciones a incluir en el decreto ministerial en vigor sobre disciplina deportiva. Estas modificaciones han sido ya trasladadas a la dirección técnica del Ministerio de Educación, para que las traslade a la reunión de subsecretariosl sean aprobadas posteriormente en Consejo de Ministros y, por último, publicadas en el Boletín Oficial del Estado.
La inclusión de estas modificaciones ha sido aconsejable para reforzar legalmente la inhabilitación a perpetuidad de un deportista con tres casos positivos de doping.
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