El fiscal se opone a la declaración conjunta del IRPF por ambos cónyuges y al último decreto-ley "suavizador"
El pleno del Tribunal Constitucional votará antes de la renovación de cuatro de sus 12 miembros, que corresponde realizar el 22 de febrero próximo, la sentencia sobre la cuestión de inconstitucionalidad que se autoplanteó respecto a las normas legales que imponen a los cónyuges la declaración conjunta del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Entre los documentos que estudia el pleno desde el pasado martes figuran las alegaciones del fiscal del caso, Rogelio Gómez Guillamón, quien defiende la inconstitucionalidad de los siete preceptos cuestionados y estima que el reciente decreto-ley suavizador "no tiene incidencia sobre el asunto".
El fiscal Gómez Guillamón informó a este periódico que la posición unánime de la junta de fiscales ante el Tribunal Constitucional, presidida por Francisco Hernández Gil, fue la de solicitar la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 4.2, 5.1 (regla primera), 7.3, 23, 31.2, 34.3 y 34.6 de la ley 44/ 1978 sobre el IRPF, reformada en 1985. En opinión de Gómez Guillamón, aunque se pide la inconstitucionalidad de "todos" esos preceptos, el artículo clave es el primero de ellos, que obliga a los miembros de la unidad familiar a declarar conjuntamente el IRPF. "Una vez declarado inconstitucional ese precepto", dijo, "Ios demás caen por su propio peso, como las fichas de dominó".Las alegaciones formuladas por el fiscal se fundamentan en la propia doctrina elaborada por el Tribunal Constitucional cuando, el 10 de noviembre pasado, consideró violado el principio de igualdad, al resolver el recurso de amparo planteado por Jesús García Gombau contra la discriminación fiscal de que fue objeto por haber realizado la declaración de 1980 por separado, él y su cónyuge, tras contraer matrimonio el 27 de diciembre de ese mismo año. Según esa doctrina, aunque la mayor carga tributaria que se impone al contribuyente casado deriva de la estimación de que la vida en común de los cónyuges les proporciona capacidad superior a la que tendrían individualemente, el legislador sólo ha tenido en cuenta "el mero hecho del matrimonio" y no ha aplicado el razonamiento ,la los sujetos pasivos del impuesto que viven juntos".
Alegaciones breves
En cuanto a las alegaciones solicitadas por el alto tribunal en relación con el decreto-ley aprobado por el Gobierno a finales de año para suavizar las declaraciones conjuntas de los cónyuges correspondientes a 1980, el fiscal Gómez Guillamón manifestó que el escrito de respuesta ha sido muy breve. El motivo de esta brevedad es que el mencionado decreto-ley sólo contiene "sendos retoques técnicos en la ley de presupuestos del Estado para 1989 y en la formula polinómica de las tablas de la ley del IRPF que no tienen ninguna influencia", dijo, "y en nada afectan al problema de fondo que discute ahora el Tribunal Constitucional".La sentencia se producirá en los próximos días y, en todo caso, según fuentes jurídicas, antes del 22 de febrero, fecha en la que corresponde renovar a los cuatro magistrados que en su día fueron elegidos por el Senado: Gloria Begué -vicepresidenta-, Ángel Latorre, Luis Díez-Picazo y Fernando García-Món. Se da la circunstancia de que, mientras los tres primeros serán sustituídos, por haber concluido su mandato de nueve años, el último, que fue nombrado el 21 de febrero de 1986, puede, ser reelegido, según la ley del Tribunal Constitucional, por haber ocupado el cargo durante no más de tres años.
El voto de García-Món
Precisamente García-Món es el único, magistrado que se opuso a la cuestión de inconstitucionalidad, al menos con la amplitud que a autoplanteó la mayoría del alto tribunal. Al voto particular de García-Món se adhirió el magistrado Eugenio Díaz Eimil. García-Món mantiene que el legislador está habilitado, sin violar por ello el principio constitucional de igualdad, a regular por el sistema de la unidad familiar la obligación conjunta y solidaria de declarar el IRPF los integrantes de la familia. Según fuentes jurídicas, ésta posición será derrotada por la gran mayoría del alto tribunal, que el miércoles próximo continuará perfilando el proyecto de sentencia del ponente, Francisco Rubio Llorente, para prever con precisión las consecuencia, prácticas del fallo.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.